Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2015 (30/09/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 44

562710

NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de setiembre de 2015 /

El Peruano

Albán Ramírez, asesor de la Gerencia Central de Planeamiento Estratégico, a la ciudad de San José, Costa Rica, del 30 de setiembre al 03 de octubre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la presente comisión de servicios serán financiados con cargo a los recursos del Pliego: 019 Contraloría General, respecto a la participación de la señora Fátima Soraya Altabás Kajatt, según el detalle siguiente: pasaje aéreo US$ 1 048.37, viáticos US$ 630.00 (02 días) y gastos de instalación US$ 315.00 (01 día), y los que se deriven de la participación del señor Carlos Estuardo Albán Ramírez, según el detalle siguiente: pasaje aéreo US$ 1 161.84, viáticos US$ 630.00 (02 días) y gastos de instalación US$ 315.00 (01 día). Artículo Tercero.- Los citados funcionarios presentarán al Despacho Contralor, con copia al Departamento de Cooperación Técnica, un informe sobre los resultados de la comisión y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República, así como un ejemplar de los materiales obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 1293878-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran concluida Consulta Vecinal con fines de demarcación territorial en diversos centros poblados ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas, provincia y departamento de Piura
RESOLUCIÓN Nº 0275-2015-JNE Lima, veintinueve de setiembre de dos mil quince. VISTA el acta de proclamación de resultados de cómputo de la Consulta Vecinal con fines de demarcación territorial en los centros poblados 8.4½, CP4, CP5, San Martín - San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas, de la provincia y departamento de Piura, realizada el 23 de agosto de 2015, remitida por la presidenta del Jurado Electoral Especial de Lima, mediante Oficio N.º 211-2015JNE/JEE-LIMA, de fecha 9 de setiembre de 2015. ANTECEDENTES Mediante Oficio N.º 89-2015-PCM/DNTDT, recibido el 10 de febrero de 2015, el director nacional de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial (DNTDT) de la Presidencia del Consejo de Ministros remitió a este organismo electoral el Informe Técnico N.º 001-2015PCM/DNTDT-AFCS, sobre evaluación de procedencia de la consulta vecinal en los centros poblados 8.4½, CP4, CP5, San Martín - San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas, de la provincia y departamento de Piura. Asimismo, con el Oficio N.º 143-2015-PCM/DNTDT, recibido el 3 de marzo de 2015, el mismo funcionario planteó aclaraciones sobre los requisitos necesarios para convocar a consulta vecinal y solicitó que el Jurado Nacional de Elecciones la convoque. En atención al pedido formulado por la DNTDT y en aplicación de lo previsto en la Ley N.º 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 019-2003-PCM y modificado por Decreto Supremo N.º 063-2012-PCM, este colegiado, mediante la Resolución N.º 0074-2015JNE, de fecha 17 de marzo de 2015, convocó a consulta vecinal con fines de demarcación territorial en los centros poblados referidos, para el día domingo 23 de agosto de 2015. Para llevar a cabo la consulta, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil elaboró el padrón electoral a través del empadronamiento voluntario de vecinos, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 4, literal q, y 22 del Reglamento de la Ley N.º 27795, y luego de la fiscalización correspondiente, el padrón fue aprobado mediante la Resolución N.º 0155-2015-JNE, de fecha 1 de junio de 2015. CONSIDERANDOS 1. Realizada la consulta vecinal y efectuado el cómputo de los votos por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Jurado Electoral Especial de Lima, con fecha 9 de setiembre de 2015, proclamó los siguientes resultados: CENTRO POBLADO 8.4½
OPCIÓN DESEA PERTENECER A LAS LOMAS DESEA PERTENECER A TAMBO GRANDE VOTOS 41 34 75 0 1

Encargan a Vicecontralor General las funciones de Contralor General de la República
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 293-2015-CG Lima, 29 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, el artículo 33º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, dispone que el Vicecontralor General de la República, es el segundo funcionario de rango del Sistema Nacional de Control y reemplaza al Contralor General en caso de ausencia o impedimento temporal y ejerce las funciones que éste le delega; Que, el Contralor General de la República, hará uso de su descanso vacacional del 1 al 7 de octubre de 2015, por lo que a fin de asegurar la continuidad de la función rectora que compete a este Organismo Superior de Control, resulta necesario encargar al Vicecontralor General de la República, las funciones inherentes al Despacho Contralor, garantizando el normal funcionamiento de la institución; En uso de las facultades conferidas en los artículos 32º y 33º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar al Vicecontralor General de la República, CPC. Edgar Arnold Alarcón Tejada, las funciones del cargo de Contralor General de la República, a partir del 1 de octubre de 2015 y en tanto dure la ausencia del Titular de este Organismo Superior de Control, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 1293879-1

TOTAL DE VOTOS VÁLIDOS VOTOS EN BLANCO VOTOS NULOS

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.