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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2015 (30/09/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 37

562703 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de setiembre de 2015 El Peruano / INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES JARDEL DEL PERU S.A.C., los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ DEL SOLAR QUIÑONES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1266855-1 Rectifican error material contenido en Artículo Primero de la R.D. Nº 2896-2015- MTC/15 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3559-2015-MTC/15 Lima, 12 de agosto de 2015 VISTOS: La Resolución Directoral Nº 2896-2015-MTC/15 y el Parte Diario Nº 131116, presentados por la empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES JARDEL PERU SAC.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya fi nalidad constituye certifi car el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como verifi car que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte y el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2896-2015- MTC/15, de fecha 01 de julio de 2015, se autorizó a la empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES JARDEL PERÚ S.A.C., como Centro de Inspección Técnica Vehicular, para operar dos (02) Líneas de Inspección Técnica Vehicular: una (01) Línea Tipo Mixta y una (01) Línea Tipo Menor, en el local ubicado en la Carretera Federico Basadre Km. 6.200, Distrito de Yarinacocha, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali; Que, mediante Parte Diario Nº 131116 de fecha 03 de agosto de 2015, la empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES JARDEL PERÚ S.A.C., solicita rectifi car el error material incurrido en el ARTÍCULO PRIMERO de la Resolución Directoral Nº 2896-2015-MTC/15, donde se ha consignando el nombre de la empresa: CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES JARDEL DEL PERÚ S.A.C., cuando lo correcto debió ser: CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES JARDEL PERÚ S.A.C. y la dirección Carretera Jorge Basadre Km. 6.200, Distrito de Yarinacocha, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali cuando lo correcto debió ser: Carretera Federico Basadre Km. 6.200, Distrito de Yarinacocha, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali; Que el numeral 201.1 del Artículo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, prevé: “Los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de sus contenido ni el sentido de la decisión”; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 1206- 2015-MTC/15.03 de la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, procede emitir el acto administrativo correspondiente; y; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058- 2003-MTC y sus modifi catorias; y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECTIFICAR el error material contenido en Artículo Primero de la Resolución Directoral Nº 2896-2015-MTC/15 como sigue: DICE: Artículo Primero.- Autorizar por el plazo de cinco (05) años a la empresa denominada CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES JARDEL DEL PERU SAC., como Centro de Inspección Técnica Vehicular para operar con dos (02) Líneas de Inspección Técnica Vehicular: una (01) de Tipo Mixta y una (01) de Tipo Menor, en el local ubicado en la Carretera Jorge Basadre Km. 6.200, Distrito de Yarinacocha, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali. DEBE DECIR: Artículo Primero.- Autorizar por el plazo de cinco (05) años a la empresa denominada CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES JARDEL PERU SAC., como Centro de Inspección Técnica Vehicular para operar con dos (02) Líneas de Inspección Técnica Vehicular: una (01) de Tipo Mixta y una (01) de Tipo Menor, en el local ubicado en la Carretera Federico Basadre Km. 6.200, Distrito de Yarinacocha, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali. Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Tercero.- La presente Resolución Directoral será publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”, siendo el costo de su publicación asumido por la empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES JARDEL PERU SAC. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ DEL SOLAR QUIÑONES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1279361-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN