Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2015 (30/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Miércoles 30 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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una vez cumplidos los plazos previstos en el Reglamento General de Tarifas de OSITRAN vinculados con la entrada en vigencia de las tarifas y con el cumplimiento por parte del Concesionario de su obligación de publicar e informar al Regulador acerca de las modificaciones a su tarifario. Dicho factor se mantendrá hasta el 17 de agosto de 2020. Artículo 2°.- El factor de productividad a que se refiere el artículo precedente se aplicará de conformidad al Contrato de Concesión y al RETA de OSITRAN, mediante la regla RPI ­ 4,14%. De conformidad a los criterios y reglas establecidos en el Contrato de Concesión y el RETA, el Concesionario puede aplicar las tarifas tope a dos canastas de servicios, servicios regulados a la nave y servicios regulados a la carga, tal como se muestra en la tabla siguiente:
Servicios Regulados a la Nave Tarifa por Metro de Eslora-Hora (o fracción de hora) Servicios Regulados a la Carga* Tarifa por contenedor con carga de 20 pies Tarifa por contenedor con carga de 40 pies Tarifa por contenedor vacío de 20 pies Tarifa por contenedor vacío de 40 pies Tarifa de transbordo por contenedor con carga de 20 pies Tarifa de transbordo por contenedor con carga de 40 pies Tarifa de transbordo por contenedor vacío de 20 pies Tarifa de transbordo por contenedor vacío de 40 pies

*Para contenedores de otras dimensiones se adecuarán a las de 20 y 40, según corresponda. Artículo 3°.- Disponer que la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos verifique el cumplimiento del artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 4°.- Notificar la presente Resolución a la Entidad Prestadora DP World Callao S.R.L., disponiendo su aplicación de conformidad con el RETA de OSITRAN. Artículo 5°.- Disponer la publicación de la presente Resolución y de la Exposición de Motivos en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de OSITRAN (www.ositran.gob.pe). Asimismo, disponer la difusión del Informe de Revisión Tarifaria en el Terminal Muelle Sur del Terminal Portuario del Callao 2015-2020 en el Portal Institucional de OSITRAN (www.ositran.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BENAVENTE DONAYRE Presidente del Consejo Directivo 1293964-1

aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033, y el inciso c) del artículo 5° del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 107-2012PCM, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del artículo 22° de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años; Que, conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 21º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, las Comisiones del área de competencia se encuentran conformadas por cuatro (4) miembros; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 108-2015-INDECOPI/ COD, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 17 de junio de 2015, se aprobó la creación de la Comisión Transitoria para la Gestión de la Infraestructura Oficial de la Firma Electrónica, que ejercerá funciones a partir del 1 de junio de 2015 hasta que mediante decreto supremo se establezca la entidad administrativa que asumirá dicha competencia; Que, a la fecha, se encuentra pendiente la designación de los miembros que conformarán la referida comisión, por lo que resulta pertinente completar la designación de todos sus comisionados, a fin de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del Indecopi y puedan desarrollar las funciones que les corresponde; Estando al Acuerdo Nº 083-2015 adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 7 de setiembre de 2015, con la opinión favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Designar a los señores Eldda Yrina Bravo Abanto, Italo Alberto Laca Ramos, Joan Manuel Cáceres Dávila y Ángel Fernando Casafranca Aguilar, como miembros de la Comisión Transitoria para la Gestión de la Infraestructura Oficial de la Firma Electrónica. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1293365-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
Aprueban el "Instrumento de Supervisión Abreviado de IPRESS" aplicable a las Unidades Productoras de Servicios de Salud de las IPRESS públicas y privadas en todo el territorio nacional
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 140-2015-SUSALUD/S Lima, 22 de setiembre de 2015 VISTOS: El Informe N° 02010-2015/ISIPRESS de la Intendencia de Supervisión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de fecha 11 de setiembre de 2015, y el Informe N° 00427-2015/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica de fecha 21 de setiembre de 2015; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 9°, 11° y 13° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, aprobado

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Designan miembros de la Comisión Transitoria para la Gestión de la Infraestructura Oficial de la Firma Electrónica
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 167-2015-INDECOPI/COD Lima, 21 de setiembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso d) del artículo 5° de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI,

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