Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2016 (04/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Lunes 4 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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de confianza de Director Ejecutivo del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora MABEL GÁLVEZ GÁLVEZ en el cargo de confianza de Directora Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1363067-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban Convenio para la formulación del Proyecto de Inversión Pública "Rehabilitación y Mejoramiento del Aeródromo de Huancabamba" entre el Ministerio y la Municipalidad Provincial de Huancabamba
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 189-2016 MTC/01 Lima, 31 de marzo de 2016 VISTOS: El Oficio N° 0082-2016-MPH/ALC de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, el Memorando Nº 637-2016MTC/09.03 y el Informe N° 365-2016-MTC/09.03 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Memorando N° 274-2016-MTC/12.08 y el Informe Nº 3402016-MTC/12.08 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su artículo 4, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones ejerce competencia exclusiva en las materias de Aeronáutica Civil e Infraestructura de transportes de alcance nacional e internacional; asimismo, ejerce competencia compartida con los gobiernos regionales y locales, en materia de Infraestructura de Transporte de alcance regional y local; Que, el Decreto Supremo Nº 019-2007-MTC mediante el cual se establecen criterios de clasificación de la infraestructura aeroportuaria del país y la jerarquización de aeródromos de propiedad pública, prevé en su artículo 5, que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ejerce competencia respecto de los aeródromos nacionales y los Gobiernos Locales respecto de los aeródromos locales o municipales; Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 45, establece que los organismos públicos de nivel nacional o regional que presupuesten obras de alcance local, están obligados a convenir su ejecución con las municipalidades respectivas; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 76, dispone que las municipalidades pueden delegar, entre ellas o a otras entidades del Estado, las competencias y funciones específicas exclusivas establecidas en la citada ley, en los casos en que se justifique la necesidad de brindar a los vecinos un servicio oportuno y eficiente, o por economías de escala; Que, la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01 "Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública", aprobada por la Resolución Directoral Nº 003-2011EF/68.01, en el numeral 35.3 del artículo 35, faculta a

las Unidades Formuladoras de los Sectores del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales a formular proyectos que sean de competencia municipal exclusiva, siempre y cuando se celebren los convenios (Anexo SNIP13) a que se refiere el artículo 45 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Que, a través del Oficio Nº 0082-2016-MPH/ALC del 29 de enero de 2016, la Municipalidad Provincial de Huancabamba solicita la suscripción de un convenio con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones para la formulación del Proyecto de Inversión Pública "Rehabilitación y Mejoramiento del Aeródromo de Huancabamba", en el marco de lo dispuesto en el numeral 35.3 del artículo 35 de la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01 y al amparo del Acuerdo de Concejo Nº 001-S.E. Nº 0022016-MPH/CM de fecha 28 de enero de 2016, mediante el cual se aprueba la celebración de dicho convenio; Que, mediante el Memorando Nº 274-2016MTC/12.08 y el Informe Nº 340-2016-MTC/12.08, la Dirección General de Aeronáutica Civil indica que el Aeródromo de Huancabamba califica como infraestructura aeroportuaria municipal de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Directoral N° 110-95-MTC/15.12 del 31 de julio de 1995; asimismo, propone la suscripción de un convenio para la formulación del Proyecto de Inversión Pública "Rehabilitación y Mejoramiento del Aeródromo de Huancabamba" entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Municipalidad Provincial de Huancabamba, en atención a lo solicitado por dicho gobierno local mediante el Oficio Nº 0082-2016-MPH/ ALC y en el marco de lo dispuesto en el numeral 35.3 del artículo 35 de la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01; Que, mediante el Memorando Nº 637-2016-MTC/09.03 y el Informe N° 365-2015-MTC/09.03, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que el proyecto de convenio remitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil se sustenta en el numeral 35.3 del artículo 35 de la Directiva Nº 001-2011-EF/68.01 "Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública", aprobada por la Resolución Directoral Nº 003-2011-EF/68.01 y se adecúa al formato de convenio comprendido en su Anexo SNIP-13; asimismo, otorga disponibilidad presupuestal hasta por el monto de S/ 50 000,00 (CINCUENTA MIL Y 00/100 SOLES) para la formulación del Estudio de Pre-inversión a nivel de Perfil del Proyecto de Inversión Pública "Rehabilitación y Mejoramiento del Aeródromo de Huancabamba", que realizará el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el marco del convenio propuesto por la Dirección General de Aeronáutica Civil; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, establece en el artículo 6 y en el literal k) del artículo 7, que el Ministro representa al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; pudiendo delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley Nº 27972, Ley Nº 29370, Decreto Supremo Nº 0212007-MTC, y Directiva Nº 001-2011-EF/68.01 "Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública", aprobada por la Resolución Directoral Nº 003-2011EF/68.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Convenio para la formulación del Proyecto de Inversión Pública "Rehabilitación y Mejoramiento del Aeródromo de Huancabamba" entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Municipalidad Provincial de Huancabamba. Aprobar el Convenio para la formulación del Proyecto de Inversión Pública "Rehabilitación y Mejoramiento del Aeródromo de Huancabamba", a ser celebrado entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Municipalidad Provincial de Huancabamba. Artículo 2.- Autorización para suscribir el Convenio para la formulación del Proyecto de Inversión Pública "Rehabilitación y Mejoramiento del Aeródromo de Huancabamba" entre el Ministerio de Transportes

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