Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2016 (09/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de abril de 2016 /

El Peruano

de abril de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, hasta por los montos que a continuación se detallan: Silvia Patricia Benavente Donayre Pasajes Viáticos (4 + 2 días x U$540 por día) TOTAL Monto (US$) 2000,00 3240,00 5240,00

Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria autorizada deberá presentar al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1366097-1

Aprueban aplicativo informático Web denominado "Autoevaluación de las entidades públicas en la calidad de atención prestada a la ciudadanía", la Guía de Usuario para su uso y el Plan de Capacitación y Asistencia Técnica para la Implementación Progresiva del Manual de Mejora de Atención a la Ciudadanía en las Entidades de la Administración Pública
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA N° 001- 2016-PCM-SGP VISTOS: El Informe N° 005-2016-PCM/SGP-LPP de fecha 29 de marzo de 2016, emitido por la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el numeral 4 del artículo 19 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a la Presidencia del Consejo de Ministros formular, aprobar y ejecutar las políticas nacionales de modernización de la Administración Pública y las relacionadas con la estructura y organización del Estado, así como coordinar y dirigir el Proceso de Modernización;

Que, el numeral 37.1 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, dispone que corresponde a la Secretaría de Gestión Pública dirigir el proceso de modernización de la gestión pública, así como formular y evaluar las propuestas de mejora; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, constituyéndose en el principal instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el país, el mismo que establece la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y eficaz del sector público al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país; Que, la Política de Modernización de la Gestión Pública establece que el Estado requiere adaptarse a la diversidad de las preferencias y demandas de los ciudadanos, asociadas a sus múltiples realidades sociales, económicas, culturales y territoriales. Necesita por lo tanto, un Estado dialogante, abierto a escuchar y entender las necesidades de los ciudadanos, y a consensuar con ellos las respuestas que a través de sus políticas públicas, puede ofrecer a esas necesidades; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 048-2013PCM se aprueba el Plan Nacional de Simplificación Administrativa 2013 - 2016, que tiene como objetivo general mejorar la calidad, la eficiencia y la oportunidad de los procedimientos y servicios administrativos que la ciudadanía realiza ante la administración pública; Que, mediante Resolución Ministerial N° 186-2015PCM, se aprueba el nuevo "Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía", con la finalidad de incorporar el enfoque de interculturalidad y de género; a fin de promover que la provisión de servicios públicos tomen en cuenta las particularidades de los ciudadanos y ciudadanos, construyendo una convivencia democrática y pacífica, apostando por políticas de reconocimiento y de valoración positiva de la diversidad cultural y de género. Que, mediante Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 001-2015-PCM/SGP se aprueba los "Lineamientos para el proceso de implementación progresiva del Manual para Mejorar la Atención a la Ciudadanía en las entidades de la Administración Pública". Que, el artículo 4 de la Resolución precedente establece que, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles, contados a partir de su entrada en vigencia, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública, se aprobarán el Aplicativo de Autoevaluación, la Guía de Usuario, y el Plan de Capacitación con sus respectivos formatos, con la finalidad de facilitar a las entidades públicas el desarrollo de las etapas señaladas en el artículo 4 de la citada Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar las herramientas complementarias para garantizar la implementación progresiva del Manual para mejorar la atención a la ciudadanía por parte de las entidades públicas; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el numeral 37.1 del artículo 37 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado con Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del aplicativo informático Web de autoevaluación de la Atención a la Ciudadanía Apruébese el aplicativo informático Web denominado "Autoevaluación de las entidades públicas en la calidad de atención prestada a la ciudadanía", el cual constituye la herramienta oficial de aplicación por todas las entidades responsables de la ejecución de este proceso. Artículo 2.- Aprobación de la Guía de Usuario para el Uso del "Aplicativo de Autoevaluación de las entidades públicas en la calidad de atención prestada a la ciudadanía" Apruébese la Guía de Usuario para el Uso del "Aplicativo de Autoevaluación de las entidades públicas

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