Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2016 (09/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Sábado 9 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

582735

General del CID, es posibilitar la suscripción del Calendario de Cooperación Deportiva entre el IPD y la Secretaría de Deportes de Argentina, correspondiente al año 2016. Por su parte, la Asamblea Extraordinaria del CONSUDE, tiene como objetivo revisar la propuesta de la Comisión Técnica de los Juegos Deportivos Suramericanos Escolares versión 2016 y participar en la presentación de Medellín como próxima sede de los Juegos Suramericanos Escolares; Que, la Jefa de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 055-2016-MINEDU/SG-OGCI señala que, resulta importante la participación del señor SAUL FERNANDO BARRERA AYALA, Presidente del IPD en los citados eventos, pues en éstos se posibilitará la suscripción del Calendario de Cooperación Deportiva entre el IPD y la Secretaría de Deportes de Argentina, correspondiente al año 2016, y fortalecerán los lazos de cooperación y trabajo entre los máximos representantes de las instituciones deportivas miembros de los citados Consejos; Que, en consecuencia, y siendo de interés para el Instituto Peruano del Deporte - IPD, resulta necesario autorizar el viaje del señor SAUL FERNANDO BARRERA AYALA, Presidente del Instituto Peruano de Deportes - IPD, cuyos gastos de pasajes aéreos serán asumidos con cargo al Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte Unidad Ejecutora: 001; en tanto los gastos por concepto de viáticos serán cubiertos por el Ministerio de Cultura y Deportes de la República de Guatemala; Que, al respecto, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor SAUL FERNANDO BARRERA AYALA, Presidente del Instituto Peruano del Deporte, a la ciudad de Retalhuleu, República de Guatemala, del 11 al 15 de abril de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo al Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte Unidad Ejecutora: 001, de acuerdo al siguiente detalle: SAUL FERNANDO BARRERA AYALA Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 1 379,71

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1366099-1

ENERGIA Y MINAS
Autorizan funcionamiento del aplicativo informático denominado "Sistema de Evaluación de Coordenadas - SEC", para la presentación de solicitudes que evalúa la Dirección General de Electricidad o los Gobiernos Regionales, en las cuales se exija presentar las coordenadas UTM que delimitan las zonas de interés
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 133-2016-MEM/DM Lima, 6 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, es responsabilidad del Ministerio de Energía y Minas brindar facilidades a los administrados de cualquier punto del país para la presentación de solitudes relacionadas con los procedimientos administrativos que están a cargo de la Dirección General de Electricidad (en adelante, DGE) o Gobiernos Regionales (en adelante, GOREs); Que, las solicitudes que evalúa la DGE o los GOREs consideran como uno de los requisitos la presentación por parte de los administrados, de las coordenadas geográficas que delimiten la zona de interés solicitada; Que, la zona de interés delimitada por las coordenadas que presenta el administrado pueden tener conflicto de límites con otras autorizaciones o concesiones ya otorgadas, comunidades campesinas, comunidades nativas o áreas naturales protegidas, por lo cual, es conveniente que el administrado pueda tener la posibilidad verificar previamente, la existencia o no de los citados conflictos; Que, el artículo 6 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas establece un Registro Único de Concesiones Eléctricas a nivel nacional, en el cual se inscriben las concesiones otorgadas y las solicitudes en trámite presentadas ante el Ministerio y los Gobiernos Regionales; Que, una herramienta del citado Registro Único de Concesiones Eléctricas es el aplicativo informático denominado "Sistema de Evaluación de Coordenadas SEC", el mismo que permitirá al administrado realizar la verificación previa de las coordenadas geográficas que delimiten la zona de interés a que se refiere el tercer considerando; Que, la verificación previa efectuada por el administrado, de no presentar ningún conflicto de límites, quedará registrada en el aplicativo informático SEC, evitando el tiempo de transcripción de información y agilizando la evaluación de los requisitos de las respectivas solicitudes;

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario citado en el artículo precedente deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- Encargar las funciones de Presidente del Instituto Peruano del Deporte, al señor GIORGIO MAUTINO BATTUELLO, Director Nacional de Deporte Afiliado del Instituto Peruano del Deporte, en adición a sus funciones, a partir del 11 de abril de 2016, y en tanto dure la ausencia del titular.

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