Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2016 (09/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de abril de 2016 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Ratifican el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2016
ORDENANZA Nº 357-MDS Surquillo, 17 de marzo del 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo de Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha, y de conformidad al Memorándum Nº 169-2016-GM-MDS, de fecha 15 de marzo del 2016 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 12-2016-GSC-MDS de la Gerencia de Seguridad Ciudadana de fecha 03 de marzo del 2016, respecto del proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2016; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. De igual modo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, mediante Ley Nº 27933 se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en dicha materia, para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad y el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional a fin de generar paz social y proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, según el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 0112014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) son uno de los componentes del mencionado Sistema, constituyen una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana, en el ámbito distrital; son presididas por el Alcalde Distrital de la jurisdicción respectiva, recayendo la Secretaría Técnica en la Gerencia de Seguridad Ciudadana correspondiente; Que, de igual modo según el artículo 30 del citado Reglamento, son funciones de la Secretaría Técnica, entre otras, presentar el proyecto de Plan Distrital de Seguridad Ciudadana a los Miembros del CODISEC para su aprobación, además de presentar dicho Plan aprobado por el CODISEC al Concejo Municipal Distrital, para su ratificación mediante ordenanza, según lo estipula el artículo 47 del Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; Que en sesión ordinaria del Comité de Seguridad Ciudadana de Surquillo, de fecha 10 de marzo del 2016, se aprobó el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2016; el mismo que se encuentra alineado a los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al año 2021, Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2013-2018, Plan de Desarrollo Concertado Distrital de Surquillo 2005-2015 y Plan Estratégico Institucional de la Municipalidad de Surquillo 2011-2015, por lo cual debe aprobarse por parte del Concejo Municipal; Que, el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2016 presentado por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, fue revisado y aprobado por la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Surquillo, por lo que corresponde ser puesto a

conocimiento del Concejo Municipal para los efectos legales respectivos; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9, numeral 8, y artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó lo siguiente: Que, según el artículo 9, numeral 8 de la Ley Nº 27972, le corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2016 Artículo Primero.- Ratificar el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2016, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Surquillo según acta de fecha 10 de marzo del 2016, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normatividad aplicable, de conformidad a las consideraciones expuestas en la presente ordenanza. Artículo Segundo.- Precisar que el Plan ratificado en virtud del artículo precedente, como anexo adjunto, forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente ordenanza; a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional (www. munisurquillo.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GIANCARLO CASASSA SÁNCHEZ Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldía 1364975-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA
Ordenanza que reglamenta la aplicación de sanciones administrativas (RASA) derivadas de la comisión de infracciones a las normas municipales en el distrito de Cajamarca y aprueba el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Provincial de Cajamarca
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 538-CMPC Cajamarca, 16 de febrero de 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE CAJAMARCA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 03 de febrero del 2016; el Informe Nº 015-2016-EKIB/AL-SGFCyPMGDE-MPC, de fecha 21 de enero del 2016, del Asesor Legal de la Sub Gerencia de Fiscalización, Control y Policía Municipal; el Informe Legal Nº 59-2016-OGAJ-MPC, de fecha 28 de enero del 2016, de la Oficina General de

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