Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2016 (09/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de abril de 2016 /

El Peruano

recomendación a los representantes del Ministerio; pero, el Concejo tiene que hacer lo suyo también "¿Qué es lo que vamos a perder?, en primaria perdemos 120 horas y en secundaria perdemos 140 horas, ¿Cómo se recupera eso?, se recupera incrementando la jornada laboral diaria una hora, los de primaria tienen 6 horas pedagógicas diarias llevarían 7 horas y los de secundaria llevamos 7 horas pedagógicas, llevarían una hora más que suma 8 horas, ¿A qué hora saldrían?, los niños saldrían a las 12.45 del día y los de secundaria saldrían a las 2:25 de la tarde, que no es traumático, pues en los colegios privados la salida es a las 3 de la tarde, tampoco se genera mayor gasto a los padres de familia por que no va haber 2 recreos, pues ellos recogen a sus niños a las 2 de la tarde y lo llevan a la casa para almorzar; en cuanto a los profesores de primaria tampoco hay problema, pues solo se agrega 45 minutos a su labor pedagógica y los profesores del nivel secundaria siempre están por las tardes atendiendo a los alumnos y padres de familia y solo se agrega una hora más y no habría que asistir los sábados; en consecuencia como Docente y también padre de familia afectado por los huaycos, considero que es prudente que el Concejo como Órgano Colegiado elegido por votación, tiene la necesidad y la obligación de tomar una decisión y opinión respecto a los eventos trascendentes de nuestro distrito y en este caso se trata de la vida de la salud, de la integridad de los niños y niñas, por lo que se debe tomar como decisión la propuesta de retardar el inicio de las clases escolares no el 14 de marzo como está previsto a nivel nacional; sino, por las condiciones particulares del Fenómeno El Niño, iniciar el 11 de abril que sería 20 días después del inicio de clases; Que, tras el debate correspondiente como consta en actas y luego de sometido a votación el tema de forma reglamentaria y aprobado por Unanimidad, con la dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta el Concejo Municipal de Lurigancho ­ Chosica en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 41º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; ACORDO: Primero.- DECLARAR DE INTERES PUBLICO la postergación del inicio de clases escolares 2016, establecido por el Ministerio de Educación a la primera quincena del mes de abril en las Zonas de Alto Riesgo del Distrito de Lurigancho ­ Chosica. Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal y Gerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deportes. Tercero.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y notifíquese al Ministerio de Educación la decisión expresada en el presente acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1365633-1

solicita se amplíen los plazos para el pago del impuesto predial y de los arbitrios municipales correspondiente a la primera cuota (trimestre) del año 2016, hasta el 29 de abril del presente año. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 226-MDL, publicado en el diario oficial El Peruano, 14 de febrero de 2016, se `establece el monto mínimo del impuesto predial, tasa por concepto de gastos administrativos y vencimiento del pago de los tributos municipales para el ejercicio fiscal 2016', fijándose en su artículo 3º las fechas de vencimiento para el pago de los tributos municipales (impuesto predial y arbitrios municipales), correspondiente al ejercicio 2016. Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 004-2016/ MDLCH, se amplió el plazo de vencimiento para el pago del primer trimestre del impuesto predial y de los arbitrios municipales del ejercicio 2016 hasta el 31 de marzo del año 2016. Que, no habiéndose distribuido aún las cuponeras de pago en el distrito de Lurigancho y a fin de brindar facilidades a los contribuyentes, la Gerencia de Rentas considera oportuno ampliar los plazos de vencimiento de pago de los tributos municipales correspondiente a la primera cuota (trimestre) del año 2016, hasta el 29 de abril del presente año; y Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Primero.- AMPLIAR, el plazo de vencimiento para el pago del PRIMER TRIMESTRE DEL IMPUESTO PREDIAL Y DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2016 hasta el 29 de ABRIL DEL AÑO 2016. Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas para sus fines. Tercero.- DISPONER que la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica proceda a la publicación del presente dispositivo en el portal institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1365631-1

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Autorizan viaje de Regidora a los Países Bajos, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 039-2016-AC-MDMM Magdalena del Mar, 28 de marzo de 2016 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 06 de la fecha, y; VISTO: La carta de fecha 23 de Marzo del año en curso, presentada por la regidora Jackelin Grace Roció Pareja, el Informe Nº 555-2016-SGL-GAF-MDMM de la Subgerencia de Logística, Memorándum Nº 092-2016-GPP/MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 015-2016-GAF-MDMM de la Gerencia de Administración

Amplían plazo de vencimiento de pago del Primer Trimestre del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2016
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2016/MDLCH Chosica, 23 de marzo de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO ­ CHOSICA Visto el Informe Nº 107-2016/MDLCH-GR elevado al despacho de la Gerencia Municipal, el Gerente de Rentas

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