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582808 NORMAS LEGALES Sábado 9 de abril de 2016 / El Peruano recomendación a los representantes del Ministerio; pero, el Concejo tiene que hacer lo suyo también “¿Qué es lo que vamos a perder?, en primaria perdemos 120 horas y en secundaria perdemos 140 horas, ¿Cómo se recupera eso?, se recupera incrementando la jornada laboral diaria una hora, los de primaria tienen 6 horas pedagógicas diarias llevarían 7 horas y los de secundaria llevamos 7 horas pedagógicas, llevarían una hora más que suma 8 horas, ¿A qué hora saldrían?, los niños saldrían a las 12.45 del día y los de secundaria saldrían a las 2:25 de la tarde, que no es traumático, pues en los colegios privados la salida es a las 3 de la tarde, tampoco se genera mayor gasto a los padres de familia por que no va haber 2 recreos, pues ellos recogen a sus niños a las 2 de la tarde y lo llevan a la casa para almorzar; en cuanto a los profesores de primaria tampoco hay problema, pues solo se agrega 45 minutos a su labor pedagógica y los profesores del nivel secundaria siempre están por las tardes atendiendo a los alumnos y padres de familia y solo se agrega una hora más y no habría que asistir los sábados; en consecuencia como Docente y también padre de familia afectado por los huaycos, considero que es prudente que el Concejo como Órgano Colegiado elegido por votación, tiene la necesidad y la obligación de tomar una decisión y opinión respecto a los eventos trascendentes de nuestro distrito y en este caso se trata de la vida de la salud, de la integridad de los niños y niñas, por lo que se debe tomar como decisión la propuesta de retardar el inicio de las clases escolares no el 14 de marzo como está previsto a nivel nacional; sino, por las condiciones particulares del Fenómeno El Niño, iniciar el 11 de abril que sería 20 días después del inicio de clases; Que, tras el debate correspondiente como consta en actas y luego de sometido a votación el tema de forma reglamentaria y aprobado por Unanimidad, con la dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta el Concejo Municipal de Lurigancho – Chosica en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 41º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; ACORDO: Primero.- DECLARAR DE INTERES PUBLICO la postergación del inicio de clases escolares 2016, establecido por el Ministerio de Educación a la primera quincena del mes de abril en las Zonas de Alto Riesgo del Distrito de Lurigancho – Chosica. Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia Municipal y Gerencia de Juventud, Educación, Cultura y Deportes. Tercero.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y notifíquese al Ministerio de Educación la decisión expresada en el presente acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1365633-1 Amplían plazo de vencimiento de pago del Primer Trimestre del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2016 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2016/MDLCH Chosica, 23 de marzo de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO – CHOSICA Visto el Informe Nº 107-2016/MDLCH-GR elevado al despacho de la Gerencia Municipal, el Gerente de Rentas solicita se amplíen los plazos para el pago del impuesto predial y de los arbitrios municipales correspondiente a la primera cuota (trimestre) del año 2016, hasta el 29 de abril del presente año. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 226-MDL, publicado en el diario ofi cial El Peruano, 14 de febrero de 2016, se ‘establece el monto mínimo del impuesto predial, tasa por concepto de gastos administrativos y vencimiento del pago de los tributos municipales para el ejercicio fi scal 2016’, fi jándose en su artículo 3º las fechas de vencimiento para el pago de los tributos municipales (impuesto predial y arbitrios municipales), correspondiente al ejercicio 2016. Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 004-2016/ MDLCH, se amplió el plazo de vencimiento para el pago del primer trimestre del impuesto predial y de los arbitrios municipales del ejercicio 2016 hasta el 31 de marzo del año 2016. Que, no habiéndose distribuido aún las cuponeras de pago en el distrito de Lurigancho y a fi n de brindar facilidades a los contribuyentes, la Gerencia de Rentas considera oportuno ampliar los plazos de vencimiento de pago de los tributos municipales correspondiente a la primera cuota (trimestre) del año 2016, hasta el 29 de abril del presente año; y Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Primero.- AMPLIAR, el plazo de vencimiento para el pago del PRIMER TRIMESTRE DEL IMPUESTO PREDIAL Y DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2016 hasta el 29 de ABRIL DEL AÑO 2016. Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas para sus fi nes. Tercero.- DISPONER que la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica proceda a la publicación del presente dispositivo en el portal institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1365631-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Autorizan viaje de Regidora a los Países Bajos, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 039-2016-AC-MDMM Magdalena del Mar, 28 de marzo de 2016 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 06 de la fecha, y; VISTO: La carta de fecha 23 de Marzo del año en curso, presentada por la regidora Jackelin Grace Roció Pareja, el Informe Nº 555-2016-SGL-GAF-MDMM de la Subgerencia de Logística, Memorándum Nº 092-2016-GPP/MDMM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 015-2016-GAF-MDMM de la Gerencia de Administración