Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2016 (23/04/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

584002

NORMAS LEGALES

Sábado 23 de abril de 2016 /

El Peruano

b) En un plazo no mayor de treinta (30) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme lo señala el numeral 43.6 del artículo 43º de El Reglamento, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. Artículo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de La Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicarán las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificación, Calificación de Infracciones e Imposición de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaración de suspensión o cancelación de la autorización, así como la ejecución de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administración; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Artículo Sexto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Sétimo.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Octavo.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de La Empresa autorizada los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUMBERTO VALENZUELA GÓMEZ Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1368567-1

ORGANISMOS EJECUTORES

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Designan responsables de brindar información de acceso público y de elaborar y actualizar el Portal de Transparencia del SIS
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 099-2016/SIS Lima, 21 de abril de 2016 VISTOS: La Nota Informativa N° 09-2016-SIS/ OGIIT de la Oficina General de Imagen Institucional y Transparencia y el Informe N° 086-2016-SIS/OGAJ/ PGPF con Proveído N° 362-2016-SIS-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003PCM, señala que el Estado debe adoptar medidas básicas para garantizar y promover la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública; asimismo, se encuentra obligado a entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, para lo cual cada Entidad de la Administración Pública deberá designar un responsable de entregar la información solicitada, bajo responsabilidad de su máximo representante, conforme lo establece el artículo 8 de la precitada norma; Que, el artículo 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, dispone que las Entidades que cuenten con oficinas

desconcentradas o descentralizadas, designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo de la Ley, con el objeto que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad; precisando que la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial "El Peruano", debiendo colocarse una copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante Resolución Jefatural N° 093-2013/SIS, de fecha 08 de mayo de 2013, se designó a la Directora General (e) de Imagen Institucional y Transparencia del Seguro Integral de Salud, como funcionaria responsable de la atención de solicitudes de Acceso a la Información Pública y de la conducción y actualización del Portal de Transparencia de la Institución, en cumplimiento de las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, disponiendo que los Gerentes y Directores Generales de cada órgano de la Entidad sean los responsables, en el área de su competencia, de coordinar con la Oficina General de Imagen Institucional y Trasparencia para los efectos de procesar la información requerida para atender en tiempo oportuno las solicitudes de acceso a la información pública y la información a publicar en el Portal de Transparencia; designándose, asimismo, a los representantes de las Unidades Desconcentradas Regionales - UDR del Seguro Integral de Salud, como funcionarios responsables para que en el ámbito de sus jurisdicciones y competencias, atiendan las solicitudes de acceso a la información pública; Que, mediante Nota Informativa N° 09-2016-SIS/OGIIT, la Oficina General de Imagen Institucional y Transparencia sustenta la necesidad de formular una nueva designación del funcionario responsable de la atención de solicitudes de Acceso a la Información Pública y de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Institución, en el marco de las normas de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigentes; Que, mediante documento de vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que al no encontrarse sistematizadas las Resoluciones Jefaturales y sus modificatorias, resulta recomendable que se deje sin efecto la Resolución Jefatural N° 093-2013/SIS y se expida un nuevo acto resolutivo, a efectos de evitar posibles confusiones en los operadores administrativos; Con el visto bueno del Secretario General, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Director General de la Oficina General de Imagen Institucional y Transparencia; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM y de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al Director (a) General de la Oficina General de Imagen Institucional y Transparencia, como funcionario (a) responsable de la atención de solicitudes de Acceso a la Información Pública y de la conducción y actualización del Portal de Transparencia de la Institución, en cumplimiento de las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM. Artículo 2.- Designar a los representantes de las Unidades Desconcentradas Regionales ­ UDR del Seguro Integral de Salud, a nivel nacional, con excepción de las

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.