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584178 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de abril de 2016 / El Peruano precedentemente, tanto el aspecto de planeamiento como de presupuesto, conforme a los términos contenidos en los mencionados documentos; Con el visado de la Ofi cina General de Comunicación Social, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria Institucional “Perú, Progreso para Todos” 2016, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial y su anexo en el portal institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob. pe), conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 153-2015-PCM de fecha 12 de junio de 2015. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1372984-1 AGRICULTURA Y RIEGO Designan Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0168-2016-MINAGRI Lima, 22 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0151-2016-MINAGRI, de fecha 14 de abril de 2016, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 18 de abril de 2016, se encargó al señor Julio Antonio Salazar Acosta, el puesto de Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, en adición a la encargatura de la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad; Que, es necesario dar por concluida la encargatura mencionada, y formalizar la designación correspondiente, mediante el acto administrativo pertinente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la encargatura conferida al señor Julio Antonio Salazar Acosta, Jefe (e) del Programa de Compensaciones para la Competitividad, en el puesto de Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor Julio Antonio Salazar Acosta, en el cargo de Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, en adición a la encargatura de la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1372146-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de República Dominicana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 417-2016-DE/SG Lima, 26 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 320, del 20 de abril de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de República Dominicana, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 2032 CCFFAA/CIOEC/SG, del 22 de abril de 2016, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de República Dominicana, sin armas de guerra; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 28 de abril de 2016 al 13 de mayo de 2016, con la fi nalidad de realizar el Ejercicio Militar “Fuerza Comando 2016”; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a nueve (09) militares de República Dominicana, del 28 de abril de 2016 al 13 de mayo de 2016, con la fi nalidad de realizar el Ejercicio Militar “Fuerza Comando 2016”. Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa 1 Modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209. 1372672-1