Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2016 (27/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de abril de 2016 /

El Peruano

Artículo 3.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1373053-6

Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1373053-7 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 072-2016-RE Lima, 26 de abril de 2016

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 071-2016-RE Lima, 26 de abril de 2016 VISTO: El Oficio Nº 095-2016-IPEN/PRES, de 04 de abril de 2016, del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota a favor del Organismo Internacional de Energía Atómica - OIEA. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016, siendo que de conformidad con el inciso 1.3 del artículo 1 de dicha Ley, las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, se ha previsto recursos para el pago de la cuota a favor del Organismo Internacional de Energía Atómica - OIEA, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Instituto Peruano de Energía Nuclear IPEN, a efectuar el pago de la cuota ascendente a S/ 57 798.00 (cincuenta y siete mil setecientos noventa y ocho y 00/100 soles) a favor del Organismo Internacional de Energía Atómica - OIEA. Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecutan con cargo al presupuesto del Pliego 220: Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN. Artículo 3.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.

VISTO: El Oficio Nº 051-2016-INACAL/SG, de 09 de marzo de 2016, del Instituto Nacional de Calidad (INACAL), mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de las siguientes cuotas internacionales: i) Cooperación Interamericana de Acreditación (IAAC), ii) Oficina Internacional de Pesas y Medidas (BIMP) y, iii) Organización Internacional de Metrología Legal (OIML); CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Instituto Nacional de Calidad (INACAL), se han previsto recursos para el pago de diversas cuotas, de acuerdo al detalle que se consigna en la presente resolución, la misma que corresponde ser emitida a fin de autorizar los respectivos pagos; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Instituto Nacional de Calidad (INACAL) a efectuar el pago de las siguientes cuotas:
PLIEGO PRESUPUESTARIO MONEDA MONTO PERSONA JURÍDICA Cooperación Interamericana de Acreditación - IAAC Oficina Internacional de Pesas y Medidas ­ BIPM Organización Internacional de Metrología Legal - OIML

SOLES

14 064.00

244: Instituto Nacional de Calidad

SOLES

120 231.00

SOLES

7 135.00

Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecutan con cargo al presupuesto del Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad - INACAL.

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