Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2016 (27/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Miércoles 27 de abril de 2016

NORMAS LEGALES
Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1373053-5

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General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 12 de abril de 2016; De conformidad con la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1. Nombrar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Miguel Julián Palomino de la Gala, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Australia, para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Fiji, con residencia en Canberra, Australia. Artículo 2. Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3. La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1373053-4

Autorizan al Ministerio de Educación, IPEN, INACAL y al Instituto Geográfico Nacional, a efectuar el pago de cuotas a diversos organismos internacionales
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 070-2016-RE Lima, 26 de abril de 2016 VISTO: El Oficio Nº 00318-2016-MINEDU/SG, de 01 de marzo de 2016, del Ministerio de Educación, mediante el cual solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota a favor del Instituto de Transferencia de Tecnologías Apropiadas para Sectores Marginales del Convenio Andrés Bello - ITACAB; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Ministerio de Educación se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor del Instituto de Transferencia de Tecnologías Apropiadas para Sectores Marginales del Convenio Andrés Bello - ITACAB, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y en la Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Ministerio de Educación a efectuar el pago de la cuota ascendente a S/ 317 000,00 (trescientos diecisiete mil y 00/100 soles) a favor de del Instituto de Transferencia de Tecnologías Apropiadas para Sectores Marginales del Convenio Andrés Bello - ITACAB. Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educación.

Remiten al Congreso de la República, la documentación relativa al "Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto Destinadas a Prevenir, Desalentar, y Eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada"
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 069-2016-RE Lima, 26 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto Destinadas a Prevenir, Desalentar, y Eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada" fue adoptado el 22 de noviembre de 2009 en la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura en su 36º Período de Sesiones, llevado a cabo en la ciudad de Roma, República Italiana, habiendo sido suscrito por el Perú el 3 de marzo de 2010; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 56º y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú; y, el primer párrafo del artículo 2º de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa al "Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto Destinadas a Prevenir, Desalentar, y Eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada" adoptado el 22 de noviembre de 2009 en la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura en su 36º Período de Sesiones, llevado a cabo en la ciudad de Roma, República Italiana, y suscrito por el Perú el 3 de marzo de 2010. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Relaciones Exteriores.

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