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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2016 (27/04/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 7

584181 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de abril de 2016 El Peruano / Con el visto bueno del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo Único.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas Modifi car la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 525-2015-MEM/DM, de conformidad con el artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF, con el fi n de incluir la Lista de bienes que se señala en el Anexo de la presente Resolución, siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecución del proyecto denominado “Central Hidroeléctrica Yarucaya (15 MW) y Línea de Transmisión C.H. Yarucaya - S.E. Andahuasi de 66 kV” y durante la vigencia del Contrato de Inversión suscrito con el Estado el 06 de octubre de 2015. Establecer para efecto del numeral 6.3 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, que la vigencia de Lista de bienes adicionales del presente Anexo, será de aplicación a las solicitudes de devolución respecto de los bienes adquiridos o importados a partir del 05 de febrero de 2016. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas ANEXO Lista de bienes a ser incluidos en la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción aprobada por la Resolución Ministerial Nº 525-2015-MEM/DM N° CUODE SUBPARTIDA NACIONAL DESCRIPCIÓN ARANCEL 320 LUBRICANTES 1 320 2710193800 - - - - Otros aceites lubricantes 533 PRODUCTOS MINEROS ELABORADOS 2 533 8481100090 - - Las demás 3 533 8481804000 - - Válvulas esféricas 613 MATERIALES DE CONSTRUCCION ELABORADOS 4 613 3917400000 - Accesorios 5 613 7305900000 - Los demás 6 613 7307990000 - - Los demás 810 MÁQUINAS Y APARATOS DE OFICINA, SERVICIO Y CIENTÍFICOS 7 810 9026101900 - - - Los demás 820 HERRAMIENTAS 8 820 8206000000 Herramientas de dos o más de las partidas 82.02 a 82.05, acondicionadas en juegos para la venta al por menor. 840 MAQUINARIA INDUSTRIAL 9 840 8410900000 - Partes, incluidos los reguladores 10 840 8412290000 - - Los demás 1372135-1 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Acuerdo entre la Confederación Suiza y la República del Perú relativo al “Programa Eficiencia Energética en Ladrilleras Artesanales de América Latina para mitigar el cambio climático - EELA” DECRETO SUPREMO Nº 028-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo entre la Confederación Suiza, representada por la Embajada de Suiza – Ofi cina de Cooperación Suiza en Perú y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores – Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al “Programa Efi ciencia Energética en Ladrilleras Artesanales de América Latina para mitigar el cambio climático – EELA” fue suscrito el 31 de mayo de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre la Confederación Suiza, representada por la Embajada de Suiza – Ofi cina de Cooperación Suiza en Perú y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores – Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al “Programa Efi ciencia Energética en Ladrilleras Artesanales de América Latina para mitigar el cambio climático – EELA”, suscrito el 31 de mayo de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia. Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de abril del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1373053-1 Ratifican Enmienda al Acuerdo entre la Confederación Suiza y la República del Perú relativo al “Programa Eficiencia Energética en Ladrilleras Artesanales de América Latina para mitigar el cambio climático - EELA” DECRETO SUPREMO Nº 029-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Enmienda al Acuerdo entre la Confederación Suiza, representada por la Embajada de Suiza – Oficina de Cooperación Suiza en Perú y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores – Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) relativo al “Programa Eficiencia Energética en Ladrilleras Artesanales de América Latina para mitigar el cambio climático – EELA” fue suscrita el 23 de enero de 2013, en la ciudad de Lima, República del Perú;