Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2016 (19/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Viernes 19 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES
b. Unidad de cobro

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18. Según COPAM, las tarifas de los terminales anteriores se han comparado en Dólares Americanos (USD); no obstante, dado que estas deberán ser cobradas en Nuevos Soles (S/.) tal como lo establece el Contrato de Concesión y el Reglamento Tarifario, estas han sido transformadas a Soles utilizando un tipo de cambio de S/. 3.50 soles por dólar. 19. Así, las tarifas propuesta por COPAM, expresadas en Soles, son las siguientes: Cuadro Nº2: Propuesta de Tarifas del TPY-NR (en soles)
Servicio Servicio a la nave: Tránsito internacional Barcazas, motochatas (naves de diseño) Servicio a la carga: Fraccionada Sólida a granel Granel Líquido Contenedor lleno o vacío de 20 pies Contenedor lleno o vacío carga de 40 pies Carga Rodante Carga y descarga de vehículos y maquinaria Por Unidad propulsada <= 30 ton Por carga o descarga de camiones u otros Por Unidad vehículos hasta 30 ton Por carga o descarga de equipos y máquinas Por Unidad hasta 30 ton Servicio al pasajero Fuente y elaboración: Propuesta Tarifaria COPAM Por pasajero 148,8 150,6 147,0 11,1 Por tonelada Por tonelada Por tonelada Por Unidad Por Unidad 27,2 16,9 8,7 249,0 403,2 m/eslora/h m/eslora/h 0,9 0,2 Unidad de cobro S/.

23. Una vez definida la estructura tarifaria que regirá en el TPY-NR corresponde determinar la unidad de cobro por la prestación de cada servicio. 24. Al respecto, el regulador ha evaluado entre las unidad de cobro que rige para los diferentes operadores portuarios nacionales (marítimos y fluviales) y ha determinado las siguientes unidades de cobro: Cuadro Nº 4: Estructura tarifaria y Unidad de cobro
ESTRUCTURA TARIFARIA Servicio a la nave Servicios a la carga Fraccionada Rodante Sólida a Granel Líquida a Granel Contenedor con carga de 20 pies Contenedor vacío de 20 pies Contenedor con carga de 40 pies Contenedor vacío de 40 pies Servicios a los pasajeros Por tonelada Por tonelada Por tonelada Por tonelada Por contendor Por contendor Por contendor Por contendor Por pasajero UNIDAD DE COBRO Metro de eslora-hora

Elaboración: Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN Fuente: Tarifarios vigente de los Terminales Portuarios Nacionales

25. Cabe indicar que según el contrato de concesión, el Concesionario está facultado a cobrar tarifas en Soles; por lo tanto, las tarifas que determine OSITRAN deberán ser expresadas en esta moneda. c. Determinación del nivel tarifario

IV. PROPUESTA DE OSITRAN 20. Según el Artículo 5 del RETA, es competencia exclusiva de OSITRAN: (i) la fijación, revisión o desregulación de Tarifas Máximas, (ii) el establecimiento de reglas para la aplicación de los reajustes de las tarifas y (iii) el establecimiento de sistemas tarifarios que incluyen las reglas de aplicación de las tarifas. 21. De acuerdo con lo que establece el artículo 3 del RETA, el sistema tarifario comprende tres elementos: (i) la estructura tarifaria, (ii) la unidad de cobro y (iii) el nivel máximo que debe ser considerado. a. Estructura tarifaria 22. En este caso, no ha sido necesario que el regulador determine una estructura tarifaria dado que está ya se encuentra previamente definida en el Anexo 5 del Contrato de Concesión. Cuadro Nº 3: Estructura tarifaria según anexo 5 del Contrato de Concesión
Servicio a la nave Servicios a la carga Fraccionada Rodante Sólida a Granel Líquida a Granel Contenedor con carga de 20 pies Contenedor vacío de 20 pies Contenedor con carga de 40 pies Contenedor vacío de 40 pies Servicios a los pasajeros Elaboración: Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN Fuente: Contrato de Concesión

26. Para la determinación del nivel tarifario se utilizó la metodología de tarifación comparativa o benchmarking. 27. Como resultado del benchmarking se obtuvo una muestra representativa de nueve puertos o terminales portuarios, los cuales se muestran en el cuadro siguiente. Cuadro Nº 5: Muestra de Puertos Comparables
País Colombia Colombia Colombia Colombia Uruguay Uruguay Uruguay Uruguay Perú Puerto Sociedad Portuaria Buenavista Sociedad Portuaria Michellmar S.A Sociedad Administradora Portuaria Puerto Berrío SPCPA-Barranquilla Fray Bentos Juan Lacaze Nueva Palmira Paysandú TP Iquitos

Elaboración: Gerencia de Regulación y Estudios Económicos de OSITRAN

28. De acuerdo a lo antes mencionado, las tarifas fijadas por OSITRAN son calculadas mediante el promedio de las tarifas de benchmarking, cuyos resultados son los siguientes: Cuadro Nº 6: Propuestas de Tarifas Estándar- TPY-NR (En Soles sin IGV)
ESTRUCTURA TARIFARIA Servicio a la nave Servicios a la carga Fraccionada Rodante Por tonelada Por tonelada 16,68 75,27 UNIDAD DE COBRO Metro de eslora-hora TARIFA 0,73

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