Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2016 (26/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Viernes 26 de agosto de 2016 /

El Peruano

2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, la Ley Nº 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en el numeral 10.1 del artículo 10, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa HELICÓPTEROS DEL SUR S.A., ha presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, una solicitud para la evaluación de su personal aeronáutico, de conformidad con lo establecido en el Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la empresa HELICÓPTEROS DEL SUR S.A. ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, los costos del viaje de inspección están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud presentada por la empresa HELICÓPTEROS DEL SUR S.A., ha sido calificada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe Nº 535-2016-MTC/12.04, al que se anexa
Código: F-DSA-P&C-002

la respectiva Orden de Inspección, así como, por la citada Dirección General, según el Informe Nº 367-2016MTC/12.04, verificándose el cumplimiento de lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, la Ley Nº 27619, la Ley Nº 30372, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor José Dante Coda Plasencia, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará del 28 de agosto al 02 de setiembre de 2016 a la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa HELICÓPTEROS DEL SUR S.A., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3.- El Inspector autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones
Revisión: Original Fecha: 30.08.10

DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 28 DE AGOSTO AL 02 DE SETIEMBRE DE 2016 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 535-2016MTC/12.04 Y Nº 367-2016-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs

2470-2016MTC/12.04

28-ago

02-sep

Chequeo técnico de Verificación de REPUBLICA Competencia e IFR en US$ HELICOPTEROS CODA PLASENCIA, BOGOTA DE simulador de vuelo en el 1,200.00 DEL SUR S.A. JOSE DANTE D.C. COLOMBIA equipo MI-8AMT/MI-8MTV/ MI-1V/MI-171 a su personal aeronáutico.

7041-1520115146-1514715695

1421241-1

Aceptan renuncia y designan Directora General de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 667-2016 MTC/01.03 Lima, 25 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 8822011-MTC/03, se designó al señor Juan Carlos Mejía

Cornejo, en el cargo público de confianza de Director General de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar la renuncia; así como, designar a la persona que ocupará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N 29370, la Ley N 27594, la Ley N 29158 y el Decreto Supremo N 021 -2007-MTC;

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