Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2016 (28/08/2016)
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NORMAS LEGALES
Domingo 28 de agosto de 2016 /
El Peruano
de transporte y comercio local de alimentos agropecuarios primarios y piensos para la protección de la salud de los consumidores. - Actualizar los procedimientos, directivas y manuales relacionados a los servicios de transporte y comercio de alimentos agropecuarios primarios y piensos en coordinación con las autoridades competentes para la mejora de procesos y una mejor atención a los consumidores. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Sanidad y Vigilancia Sanitaria la implementación del Libro para el registro de las personas naturales o jurídicas prestadoras de servicios de transporte y comercialización de alimentos agropecuarios primarios y piensos dentro del ámbito distrital de la Municipalidad Provincial de Chiclayo y su diseño debe de responder a las necesidades de información y actualización para lo cual la municipalidad estipulará los requerimientos pertinentes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Asesoría Juridica y Secretaría General el seguimiento a la modificación de los instrumentos de gestión municipal (ROF, MPP, CAP, PAP, TUPA y CUIS); para el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ESTABLECER que la presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, dejándose sin efecto cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Sexto.- DISPONER, a la Secretaría General la distribución de la presente Ordenanza a las Unidades Orgánicas de la Entidad, a la Gerencia de Tecnología y Comunicaciones su publicación en el Portal Web institucional (www.munichiclayo.gob.pe) y a la Gerencia de Imagen Institucional y Relaciones Públicas su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID CORNEJO CHINGUEL Alcalde de Chiclayo 1421445-1
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Aprueban el Nuevo Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Provincial de Huaral
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2016-MPH Huaral, 1 de agosto de 2016 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El Informe Nº 149-2016-MPH/GPPR/SGPR, de fecha 19 de Julio emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización, el Memorandum Nº 205-2016-MPH/ GPPR, de fecha 21 de julio de 2016 emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el Informe Nº 677-2016-MPH-GAJ de fecha 26 de julio emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica sobre Proyecto del Nuevo Texto Único de Procedimientos No Exclusivos TUSNE de la Municipalidad Provincial de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades provinciales y
distritales son órganos de gobierno local autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, menciona que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el último párrafo del artículo 37º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular de la entidad, establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los que deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 0882001-PCM, que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, señala que El Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; Que, asimismo el referido artículo agrega que la Resolución a que se refiere el párrafo precedente deberá ser publicada en la misma oportunidad en que se publica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Entidad correspondiente; Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, en coordinación con las unidades orgánicas prestadoras de servicios no exclusivos, ha elaborado el Proyecto del TUSNE actualizado, el mismo que pone a disposición para su aprobación correspondiente; Que, habiendo sido recientemente aprobado la Modificatoria que actualiza el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, de la Municipalidad Provincial de Huaral, que contiene los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad, se hace necesario que la entidad actualice también el documento que contenga los servicios no exclusivos que son prestados a la población del distrito. Que, mediante Informe Nº 149-2016-MPH/ GPPR/SGPR, la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización informa que ha recopilado todos los servicios no exclusivos brindados por la Municipalidad Provincial de Huaral en el Texto único de Servicio No Exclusivos TUSNE, clasificados en 49 items. Asimismo, remite el Proyecto de Texto Único de Procedimientos No Exclusivos TUSNE de la Municipalidad Provincial de Huaral. Que, mediante Memorandum Nº 205-2016-MPH/ GPPR, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización remite el Proyecto de Texto Único de Procedimientos No Exclusivos TUSNE de la Municipalidad Provincial de Huaral, solicitando a la Gerencia de Asesoría Jurídica opinión legal. Que, mediante Informe Nº 677-2016-MPH-GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica otorga opinión favorable para la aprobación del Proyecto del Texto Único de Procedimientos No Exclusivos TUSNE de la Municipalidad Provincial de Huaral, presentado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización estando conforme con la Ley de la materia, debiéndose emitir el acto resolutivo correspondiente. ESTANDO A LO DISPUESTO POR EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Nuevo Texto Único de Servicios No Exclusivos TUSNE, de la