Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2016 (31/08/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Miércoles 31 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES
VÉRTICE D ESTE 823 300

597943
NORTE 8 859 000

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesión temporal a favor de Solar Investment S.A.C., para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Eólica Tamborero
(Se publica la Resolución Ministerial de la referencia a solicitud del Ministerio de Energía y Minas, mediante Oficio N° 1125-2016-MEM/SEG, recibido el 25 de agosto de 2016) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 397-2015-MEM/DM Lima, 3 de setiembre de 2015 VISTO: El Expediente N° 27361415 sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Eólica Tamborero, presentado por SOLAR INVESTMENT S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12051786 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, SOLAR INVESTMENT S.A.C., mediante documento con registro de ingreso Nº 2498425 de fecha 14 de mayo de 2015, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Eólica Tamborero, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe N° 435-2015-MEM/DGE-DCE, recomendando que se otorgue la concesión temporal; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y el ítem CE02 del Anexo N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar concesión temporal a favor de la empresa SOLAR INVESTMENT S.A.C., que se identificará con el código N° 27361415, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Eólica Tamborero, para una capacidad instalada estimada de 60 MW, los cuales se realizarán en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 2.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD 56) - Zona 17L: VÉRTICE A B C ESTE 823 000 823 000 823 300 NORTE 8 859 000 8 859 400 8 859 400

Artículo 3.- El concesionario está obligado a realizar los estudios respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, Resolución Directoral N° 046-2010-EM/DGE y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto del cumplimiento del Cronograma de Ejecución de los Estudios de Factibilidad y la presentación de los mismos, dentro del plazo que establece dicho Cronograma, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1420741-1

Otorgan a favor de Sindicato Energético S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en Línea de Transmisión ubicada en la provincia de Huaral, departamento de Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 358-2016-MEM/DM Lima, 25 de agosto de 2016 VISTO: El Expediente Nº 14369115 sobre la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para la Línea de Transmisión en 60 kV C.H. Chancay ­ S.E. Huaral, presentado por Sindicato Energético S.A. (en adelante, SINERSA), persona jurídica inscrita en la Partida Nº 00304697 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento ingresado con Registro Nº 2555870 de fecha 26 de noviembre de 2015, SINERSA solicitó la concesión definitiva para realizar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 60 kV C.H. Chancay ­ S.E. Huaral, ubicada en los distritos de San Miguel de Acos, Huaral, Atavillos Alto, Lampian, Ihuari, Aucallama, Sumbilca, Atavillos Bajo y Pacaraos, provincia de Huaral, departamento de Lima, cuyas coordenadas UTM (WGS 84) figuran en el Expediente; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 4012015-MEM/DGAAE de fecha 6 de noviembre de 2015, la Dirección de General de Asuntos Ambientales Energéticos (DGAAE) aprobó a favor de SINERSA, el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto "Línea de Transmisión en 60 kV C.H. Chancay ­ S.E. Huaral", ubicada en los distritos de San Miguel de Acos, Huaral, Atavillos Alto, Lampian, Ihuarí, Aucallama, Sumbilca y Atavillos Bajo, provincia de Huaral, departamento

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