Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2016 (31/08/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Miércoles 31 de agosto de 2016

NORMAS LEGALES

597957

2. Desarrollar cursos de capacitación en los procesos de formación y ascenso para el personal policial sobre la temática de igualdad y no discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género de las personas LGBTI. 3. Establecer en su estrategia comunicacional la importancia del respeto de la orientación sexual y la identidad de género de las personas LGBTI y difundir permanentemente los canales de atención de reclamos (línea telefónica gratuita, correo electrónico y redes sociales) ante la negativa de recepción de denuncias o situaciones de maltrato a las personas LGBTI en comisarías y dependencias policiales. Artículo Duodécimo.RECOMENDAR AL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA: 1. Incluir en las encuestas y censos datos que permitan conocer las principales necesidades de la población LGBTI, a partir de lo cual el Estado pueda elaborar diagnósticos y políticas para garantizar el ejercicio de sus derechos fundamentales. Dicha tarea debe considerar, entre otros, lo siguiente: i) criterios técnicos estadísticos; ii) perspectiva de la diversidad sexual y de igualdad y no discriminación; iii) la inclusión de variables que permitan conocer las condiciones específicas en que se encuentra los grupos de lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersex; iv) la participación de las organizaciones de sociedad civil involucradas en la promoción y protección de sus derechos, tanto en el diseño e implementación de las encuestas y censos; y v) criterios de confidencialidad de la información, conforme a lo señalado en la Ley de Protección de Datos Personales. Artículo Decimotercero.- ENCARGAR el seguimiento de las recomendaciones del Informe Defensorial Nº 175 a la Adjuntía para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad de la Defensoría del Pueblo. Artículo Decimocuarto.- INCLUIR la presente Resolución Defensorial en el Informe Anual de la Defensoría del Pueblo al Congreso de la República, de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO VEGA LUNA Defensor del Pueblo (e) 1422500-1

adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modificada por Resolución Rectoral Nº 1685 de fecha 08 de noviembre del 2013; Que, el Jefe de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe Nº 387-2016-UNI/SG/GyT de fecha 27.06.2016, precisa que el diploma del señor Walter Loymer Rugel Cabrera, se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 04, página 135, con el número de registro 14468-B; Que, estando a lo informado por el Presidente de la Comisión Académica del Consejo Universitario, que en Sesión Nº 22-2016 de fecha 04 de julio del 2016, la Comisión luego de la revisión y verificación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial al señor Walter Loymer Rugel Cabrera; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesión Extraordinaria Nº 11 de fecha 15 de julio del 2016 y de conformidad con las atribuciones conferidas en el Art. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar, la expedición de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias, al siguiente egresado de la Universidad, anulándose el diploma otorgado anteriormente:
Fecha de Con mención en: otorgamiento de diploma 30.01.1991



Apellidos y Nombres

01 RUGEL CABRERA, Walter Loymer Ingeniería Industrial

Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELIAS ALVA HURTADO Rector 1422479-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Crediscotia Financiera el traslado de agencia ubicada en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN SBS Nº 4432-2016 Lima, 16 de agosto de 2016 LA INTENDENTE GENERAL DE LA BANCA VISTA: La solicitud presentada por Crediscotia Financiera para que se le autorice el traslado de una (01) agencia, según se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aprueban expedición de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias a egresado de la Universidad Nacional de Ingeniería
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1151 Lima, 21 de julio de 2016 Visto el Oficio Nº 522-2016/VA-UNI de fecha 04 de julio del 2016, presentado por el Despacho del Vicerrector Académico de la Universidad Nacional de Ingeniería, con el STDUNI Nº 66385-2016; CONSIDERANDO: Que, el señor Walter Loymer Rugel Cabrera, identificado con DNI Nº 06950784, egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial; por pérdida de dicho diploma,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.