Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2016 (10/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Sábado 10 de diciembre de 2016 /

El Peruano

Que, mediante Informe Nº 014-2016-GPP/MVMT de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, considera viable la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Plan Distrital de Reparaciones a las Víctimas y Familias de las Víctimas y Desplazados de la Violencia Política que Vivió el País entre los años 1980 ­ 2000, y que actualmente son residentes en el Distrito de Villa María del Triunfo; cuyas personas beneficiadas tienen el derecho de acceder a los programas de reparación como personas individuales o como grupo de personas que hubieran sufrido atentados contra sus derechos humanos; Que, con Memorándum Nº 122-2016-GRAM-GM/ MVMT la Gerencia de Rentas y Agencias Municipales, respecto al beneficio de condonación del 50% de las deudas tributarias generadas desde el 21.07.2005 hasta el 31.12.2010, y Exoneración del pago de arbitrios municipales correspondiente a los años 2011 a 2015, señala que el proyecto de Ordenanza cumple con los requisitos y parámetros técnicos, por lo que se recomienda su aprobación; Que, mediante Oficio Nº 1194-2016-JUS-CR-ST de fecha 08.06.2016, la Secretaría Técnica del Concejo de Reparaciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, adjunta un CD conteniendo información de las víctimas inscritas domiciliadas en el Distrito de Villa María del Triunfo, indicando además su condición potencial y si la persona es familiar o víctima inscrita; Que, a través de los Informes Nº 040-2016-MVMTGAJ, Nº 434-2015-MDVMT-GAJ y Nº 469-2016-GAJ/ MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que el proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan Distrital de Reparaciones a las Víctimas y Familias de las Víctimas y Desplazados de la Violencia Política que Vivió el País entre los años 1980 ­ 2000, y que actualmente son residentes en el Distrito de Villa María del Triunfo; cumple con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico vigente; Estando a los considerandos precedentes, teniéndose los informes favorables de la Gerencia de Desarrollo Social y Lucha contra la Pobreza, Gerencia de Rentas y Agencias Municipales, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Dictamen favorable de la Comisión de Desarrollo Social y Lucha Contra La Pobreza del Concejo Municipal de Villa María del Triunfo; en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º, y artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, con el Voto UNANIME del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DISTRITAL DE REPARACIONES A LAS VICTIMAS Y FAMILIAS DE LAS VICTIMAS Y DESPLAZADOS DE LA VIOLENCIA POLITICA QUE VIVIO EL PAÍS ENTRE LOS AÑOS 1980 Y 2000, Y QUE ACTUALMENTE SON RESIDENTES EN EL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO. Artículo Primero.- APROBAR el Plan Distrital de Reparaciones a favor de las víctimas y de las familias de las víctimas y desplazados de la violencia política que vivió el país entre los años 1980-2000 y que actualmente residen en el Distrito de Villa María del Triunfo, cuyos integrantes forman parte de las lista del Registro Único de Víctimas (RUV) y ejecutando el Plan Integral de Reparaciones (PIR) y cuyo anexo forma parte de la presente Ordenanza, debiéndose publicarse en su integridad en la página web de la Municipalidad y el Diario Oficial El Peruano. Artículo Segundo.- DECLARAR el día 10 de Diciembre de cada año, como el "Día de la Reconciliación y la Paz" en el Distrito de Villa María del Triunfo, concordando con la celebración del Día Internacional de los Derechos Humanos" y en conmemoración de las víctimas del trágico conflicto interno que vivió el país entre los años 1980-2000. Artículo Tercero.- DETERMINAR un espacio público que se denominará "Plaza de la Memoria para los Ausentes", en memoria a la violencia política, pacificación y reconciliación en restaurar el lazo social quebrantado

por el proceso de violencia, reconociendo públicamente el daño que infligió la acción de los grupos subversivos y la acción u omisión del Estado. Artículo Cuarto.- OTORGAR el beneficio de condonación del 100% de las deudas tributarias generadas desde el 2002 hasta el 31 de Diciembre de 2011 por concepto de tasas correspondientes a arbitrios municipales (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana) a las víctimas de la violencia política de 1980-2000 directas e indirectas residentes en el distrito de Villa María del Triunfo. Para tal efecto, los titulares deberán estar debidamente acreditados por el Consejo Nacional de Reparaciones e inscritos en el Libro 1 del Registro Único de Víctimas. Y en caso de población desplazada por la violencia, la presentación de la constancia expedida por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables- MIMP. Los beneficiarios deberán estar inscritos como contribuyentes en el sistema informático de la Gerencia de Administración Tributaria. Asimismo, EXONERAR el pago de los arbitrios municipales (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana) correspondientes a los años 2012 a 2015; los beneficiarios deberán cumplir los mismos requisitos señaladas en el párrafo precedente. Artículo Quinto.- Disponer que las Unidades Orgánicas funcionalmente responsables de la implementación de la presente Ordenanza incorporen en sus respectivos Planes Operativos Anuales (POI), el Plan Distrital de Reparaciones a las víctimas y familias de las víctimas de la violencia política. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinación con las demás Unidades Orgánicas de esta Municipalidad, el cumplimiento del presente Plan Distrital de Reparaciones a las víctimas de la violencia política en la jurisdicción distrital. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS A. PALOMINO ARIAS Alcalde PLAN DISTRITAL DE REPARACIONES A LAS VÍCTIMAS Y FAMILIAS DE LAS VÍCTIMAS Y DESPLAZADOS DE LA VIOLENCIA POLÍTICA QUE VIVIÓ EL PAÍS ENTRE LOS AÑOS 1980-2000 Y QUE ACTUALMENTE RESIDEN EN EL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO. I. INTRODUCCIÓN Durante los años 1980-2000, el Perú vivió uno de las etapas más tristes y nefasta de nuestra historia, producto de la violencia política que costo más de 69,000 peruanos y peruanas, se originó el desplazamiento de miles de pobladores andinos y sus familias refugiándose en ciudades de la costa principalmente en los distritos populosos y de acceso territorial de Lima Metropolitana siendo Villa María del Triunfo uno de ellos, es así que de acuerdo a la información de estadística proporcionada por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en relación a la población desplazada se a reportado que en nuestro distrito aproximadamente entre 300 a 400 familias, y de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 28592. Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones (PIR) es de necesidad el cumplimiento de la normativa señalada e implementar políticas locales para favorecer a las víctimas y familiares de las víctimas y desplazados forzosos y en consecuencia resarcir, restablecer los daños causados en su contra. II. ANTECEDENTES De acuerdo al informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (2003) se propuso, entre sus recomendaciones, la implementación de un programa o Plan Integral de Reparaciones (PIR), que permitirá resarcir a las víctimas por el grave daño que sufrieron por el conflicto armado. Así, el año 2004, se creó la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones

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