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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016 (12/12/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 6

606268 NORMAS LEGALES Lunes 12 de diciembre de 2016 / El Peruano Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de DOS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TRECE Y 00/100 SOLES (S/. 2 748 713,00), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, del presupuesto institucional del año fi scal 2016 del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 001: Administración General, a favor del pliego 022: Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; asimismo, es necesario modifi car el Anexo 3 del Decreto Supremo Nº 328-2016- EF y el Anexo 2 de los Decretos Supremos Nºs. 329- 2016-EF y 330-2016-EF, conforme a lo señalado en el considerando precedente; De conformidad con lo establecido en la Sexagésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de DOS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TRECE Y 00/100 SOLES (S/ 2 748 713,00), del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor del pliego 022: Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, a fi n de garantizar la sostenibilidad de la supervisión de las obras de la Segunda Etapa de Construcción del Tramo Ancón - Huacho - Pativilca de la Carretera Panamericana Norte, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y Comunicaciones UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 2 748 713,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 2 748 713,00 =========== A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 022 : Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público UNIDAD EJECUTORA 001 : Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001238 : Supervisión y Fiscalización de Servicios de Infraestructura de Transporte de Uso Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 2 748 713,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 2 748 713,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Aplicación del Decreto Supremo N° 272-2016-EF La Transferencia de Partidas autorizada mediante el presente Decreto Supremo, se encuentra sujeta al límite para la autorización de compromisos aprobados para los Sectores que correspondan, mediante el Anexo del Decreto Supremo N° 272-2016-EF y sus modificatorias. Los titulares de los pliegos que correspondan, realizarán las modifi caciones a la desagregación de límites de gasto de sus respectivos pliegos, de conformidad a lo establecido en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 304- 2016-EF. Artículo 5.- Modifi cación de Anexos de los Decretos Supremos Nºs. 328, 329 y 330-2016-EF Modifíquese el Anexo 3 del Decreto Supremo Nº 328- 2016-EF y el Anexo 2 de los Decretos Supremos Nºs. 329- 2016-EF y 330-2016-EF; conforme al Anexo “Modifi cación de Anexos de los Decretos Supremos Nºs. 328, 329 y 330-2016-EF”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Dicho Anexo se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, en la misma fecha de la publicación ofi cial de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 1462499-9