Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2016 (12/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Lunes 12 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

606273

Visto, el expediente N° 16-075673-001 que contiene las Notas Informativas N°s 015-2016-OGPPM-OOM/ MINSA y 0349-2016-OGPPM-OOM/MINSA, así como el Informe N° 83-2016-OGPPM-OOM/MINSA, emitidos por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 598-2014/MINSA se aprobó el documento "Mapa de Procesos del Ministerio de Salud", así como las "Fichas Técnicas de los procesos de nivel cero del Ministerio de Salud"; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 200-2015-SERVIR/PE, la Autoridad Nacional de Servicio Civil aprobó la Directiva N° 001-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la aplicación del Dimensionamiento de las Entidades Públicas"; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 055-2016-SERVIR-PE se modificó la Directiva mencionada en el considerando precedente, estableciéndose las competencias de los órganos en las fases del dimensionamiento; Que, por Decreto Supremo N° 007-2016-SA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, a través del cual se establece su organización, así como las funciones específicas que le corresponden a los órganos y unidades orgánicas que conforman la estructura orgánica de la entidad; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del precitado dispositivo legal, dispone que mediante resolución ministerial se dispondrán las acciones necesarias para la implementación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; Que, mediante Notas Informativas N°s 015-2016-OGPPM-OOM/MINSA y 0349-2016-OGPPMOOM/MINSA, así como Informe N° 83-2016-OGPPMOOM/MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización propone aprobar la actualización del documento "Mapa de Procesos del Ministerio de Salud", señalando que el mismo se sustenta en Fichas Técnicas de Procesos del Nivel cero, las cuales detallan procesos netamente institucionales con objetivos, indicadores y alcances, entre otros, que articulados con los productos institucionales del Ministerio de Salud, permiten continuar con el desarrollo de las actividades vinculadas al mapeo de procesos hasta el nivel de actividades; Que, asimismo, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización precisa que la actualización del "Mapa de Procesos del Ministerio de Salud" conlleva las siguientes ventajas: i) facilita el proceso de implementación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, permitiendo evidenciar y documentar los procedimientos a desarrollar; ii) coadyuva en la elaboración, actualización o validación de los Manuales de Procesos y Procedimientos del Ministerio de Salud; iii) permite conocer y plantear oportunidades de mejoras a fin que el Ministerio de Salud, en el marco de su rectoría, brinde un mejor servicio a los ciudadanos; iv) desarrolla la gestión por procesos y la organización institucional, que es uno de los pilares centrales de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública; y, v) desarrolla el Mapeo de procesos, que es una de las fases del dimensionamiento establecida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 26 y 27 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización es el órgano de asesoramiento responsable de conducir los procesos relacionados, entre otros, con los sistemas administrativos de Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública, contemplándose como una de sus funciones gestionar la estrategia institucional y sectorial de modernización de la gestión del Sector Salud, desarrollando modelos de organización, implementando la gestión de procesos y resultados, la simplificación administrativa, la gestión del cambio, entre otros, como parte de la modernización del Estado; Que, en atención a las consideraciones expuestas y estando a la propuesta formulada por la Oficina General

de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en su condición de órgano técnico en la materia, corresponde aprobar el documento "Mapa de Procesos del Ministerio de Salud", dejándose sin efecto la Resolución Ministerial N° 598-2014/MINSA; Con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, de la Viceministra de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Decreto Supremo N° 0072016-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 598-2014/MINSA, que aprobó el documento "Mapa de Procesos del Ministerio de Salud", así como las "Fichas Técnicas de los procesos de nivel cero del Ministerio de Salud". Artículo 2.- Aprobar el documento "Mapa de Procesos Institucionales del Ministerio de Salud"; así como la correspondiente "Matriz de Alineamiento de los macroprocesos sectoriales a los macroprocesos institucionales del Ministerio de Salud", que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial, su Anexo y las Fichas Técnicas de Procesos Institucionales Nivel cero del Ministerio de Salud en el portal institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/index. asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1462043-1

Designan Directora General de la Oficina General de Articulación y Coordinación del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 947-2016/MINSA Lima, 9 de diciembre del 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 493-2016/ MINSA de fecha 13 de julio de 2016, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Director/a General (CAP-P Nº 174), Nivel F-5, de la Oficina General de Articulación y Coordinación, se encuentra calificado como de confianza; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 581-2016/ MINSA de fecha 09 de agosto de 2016, se designó al médico cirujano Pedro Marchena Reátegui, en el cargo de Director General, Nivel F-5, de la Oficina General de Articulación y Coordinación del Ministerio de Salud; Que, el citado profesional ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta necesario aceptar la misma; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General, y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

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