Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2016 (17/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Sábado 17 de diciembre de 2016 /

El Peruano

29) Conducir la defensa jurídica del Sector Interior; 30) Ejercer la representación del Sector Interior ante organismos públicos y privados; y, 31) Otras funciones que le correspondan de acuerdo a Ley. TÍTULO III ORGANIZACIÓN DEL MINISTERIO CAPÍTULO I ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 6.- Estructura orgánica El presente Decreto Legislativo establece la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, cuyas funciones y atribuciones específicas se establecen en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF). La estructura orgánica básica del Ministerio del Interior está compuesta por: 1) Órganos de Alta Dirección: 1.1 Despacho Ministerial. 1.2 Despacho Viceministerial de Orden Interno. 1.3 Despacho Viceministerial de Seguridad Pública 1.4 Secretaría General. 2) Tribunal de Disciplina Policial que se rige por la Ley en la materia. 3) Oficina General de Integridad Institucional Es el órgano encargado de las funciones de supervisión, investigación y control de los asuntos disciplinarios y funcionales vinculados a los órganos del Sector Interior incluida la Policía Nacional del Perú. Se rige por la Ley que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú. Desarrolla e implementa herramientas y procedimientos orientados al fortalecimiento de la integridad y transparencia institucional. Depende del Ministro del Interior. La Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú depende funcionalmente de la Oficina General de Integridad Institucional del Sector Interior. 4) Órgano de Seguridad y Defensa Nacional: Encargado de asesorar a la Alta Dirección del Ministerio en materia de Seguridad y Defensa Nacional. Depende del Ministro del Interior. 5) Órgano de Control Institucional: Encargado de practicar el control gubernamental, conforme a las disposiciones del Sistema Nacional de Control. 6) Órgano de Defensa Jurídica: Encargado de los asuntos del Ministerio del Interior y de la Policía Nacional del Perú en sede judicial, militar policial, arbitral, constitucional y administrativa. Asume la defensa del Ministerio y de la Policía Nacional del Perú, conforme a las disposiciones del Sistema de Defensa Jurídica del Estado. 7) Órganos de Asesoramiento y Apoyo: El Ministerio del Interior cuenta con Oficinas Generales encargadas de diseñar, conducir y orientar la labor del Ministerio y de la Policía Nacional del Perú mediante la planificación, presupuesto, organización, asesoría jurídica; así como, ejercer las actividades de administración interna y gestión de recursos humanos, que permiten el desempeño eficaz del Sector Interior para el cumplimiento de sus funciones sustantivas. Se crean mediante Decreto Supremo y están conducidos por un Director General designado mediante Resolución Ministerial. El Despacho Ministerial cuenta con un Gabinete de Asesores a cargo de un Jefe de Gabinete para la conducción estratégica de las políticas a su cargo y coordinación con el Poder Legislativo y demás entidades públicas.

8) Órganos de Línea: Son órganos técnico-normativos, responsables de formular, ejecutar y evaluar las políticas públicas y funciones sustantivas del Sector Interior, ello implica realizar las actividades técnicas, normativas y de ejecución necesarias para cumplir con los objetivos del Sector en el marco de las normas sustantivas. Se crean mediante Decreto Supremo y están conducidas por un Director General designado mediante Resolución Ministerial. CAPÍTULO II ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN Artículo 7.- Despacho Ministerial El Ministro del Interior con arreglo a la Constitución Política del Perú es la más alta autoridad política del Sector y es responsable de su conducción. Es el titular del pliego presupuestal del Ministerio del Interior. Tiene las siguientes funciones: 1) Orientar, formular, dirigir, coordinar, determinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales a su cargo; 2) Formular, planear, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar los lineamientos técnicos que se aprueben en el marco de las competencias sectoriales, así como supervisar y fiscalizar el cumplimiento de los objetivos y estrategias que se establezcan por función; 3) Dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, así como aprobar los planes de acción en el Sector y asignar los recursos necesarios para su ejecución. 4) Proponer y coordinar las políticas del Sector a nivel nacional, y en el ámbito de las relaciones internacionales, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y conforme a los lineamientos de política exterior del Estado; 5) Organizar, dirigir, implementar, supervisar y evaluar, en el ámbito de su competencia, las acciones de control interno sobre las actividades desarrolladas por los distintos órganos y organismos del Sector Interior; 6) Dirigir y aprobar las políticas y acciones concretas para la defensa de los derechos fundamentales de la persona y la comunidad, así como del personal policial en el marco del cumplimiento de los deberes de la administración del Sector Interior y de las políticas nacionales desarrollados por el Estado; 7) Promover el respeto irrestricto de los derechos humanos del personal del Sector Interior ante situaciones de abuso, discriminación, entre otros; así como, facilitar las investigaciones y procesos que se originen ante el incumplimiento; 8) Conducir las relaciones de coordinación y articulación con los Gobiernos Regionales y Locales, y otras entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, y sociedad civil, para la formulación, ejecución, supervisión y evaluación de las políticas nacionales y sectoriales a su cargo; 9) Ejercer la rectoría del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; 10) Proponer, coordinar, aprobar, y evaluar, en el marco de sus competencias, las políticas y el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, así como los planes, programas y proyectos de la materia, en el marco de su participación en el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y la rectoría del Ministerio del Interior del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; 11) Promover la investigación en materia de Seguridad Ciudadana. 12) Proponer y conducir estrategias de prevención contra la delincuencia en el marco de las competencias del Sector Interior. 13) Disponer la priorización del mejoramiento de los servicios de la Policía Nacional del Perú y el apoyo a otras entidades para cumplir con las metas propuestas en materia de seguridad ciudadana y orden interno a nivel nacional.

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