Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2016 (17/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 17 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

606793

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Rectifican la Resolución Directoral General Nº 001-2016-MTPE/2/15 respecto a la numeración de los artículos de la parte resolutiva
RESOLUCION DIRECTORAL GENERAL Nº 002-2016-MTPE/2/15 Lima, 10 de noviembre de 2016 VISTO: La Resolución Directoral General Nº 001-2016MTPE/2/15, emitida con fecha 8 de noviembre de 2016. CONSIDERANDO: Que, el numeral 201.1 del artículo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General (en
DICE

adelante, LPAG), aprobada por Ley N° 27444, establece que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. Asimismo, el numeral 201.2 del artículo 201° de la LPAG establece que la rectificación material de actos administrativos adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. Que, se advierte que se ha incurrido en un error material al momento de consignar la numeración de los artículos de la parte resolutiva de la Resolución Directoral General de Visto, el cual no altera en modo alguno el contenido ni el sentido de la decisión contenida en ella; por tal motivo, resulta pertinente adoptar las acciones necesarias a fin de efectuar la rectificación correspondiente. Estando a lo expuesto, SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECTIFICAR, con efecto retroactivo a la fecha de su emisión, la numeración de los artículos de la parte resolutiva de la Resolución Directoral General de Visto, de la siguiente manera:
DEBE DECIR

ARTÍCULO PRIMERO:

ARTÍCULO TERCERO

ARTÍCULO CUARTO

ARTÍCULO QUINTO

ARTÍCULO SEXTO

DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso de revisión interpuesto por Shougang Hierro Perú S.A.A en el extremo de la NULIDAD del acto contenido en la Resolución Directoral Regional N° 021-2016-GORE-ICA-DRTPE. DECLARAR INFUNDADO el recurso de revisión interpuesto por Shougang Hierro Perú S.A.A en los otros extremos y, por consiguiente, DESAPROBAR la suspensión temporal perfecta de labores comunicada por Shougang Hierro Perú S.A.A el 22 de mayo de 2015. DISPONER el pago de las remuneraciones de los trabajadores afectados con la medida de suspensión temporal perfecta de labores, de conformidad con el artículo 15° del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, Decreto Supremo N° 003-97-TR. DECLARAR que la presente Resolución agota la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por el numeral 218.2 del artículo 218° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444. PROCEDER a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el sitio correspondiente a la Dirección General de Trabajo que se encuentra ubicado en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

ARTÍCULO PRIMERO:

ARTÍCULO SEGUNDO

ARTÍCULO TERCERO

ARTÍCULO CUARTO

ARTÍCULO QUINTO

DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso de revisión interpuesto por Shougang Hierro Perú S.A.A en el extremo de la NULIDAD del acto contenido en la Resolución Directoral Regional N° 021-2016-GORE-ICA-DRTPE. DECLARAR INFUNDADO el recurso de revisión interpuesto por Shougang Hierro Perú S.A.A en los otros extremos y, por consiguiente, DESAPROBAR la suspensión temporal perfecta de labores comunicada por Shougang Hierro Perú S.A.A el 22 de mayo de 2015. DISPONER el pago de las remuneraciones de los trabajadores afectados con la medida de suspensión temporal perfecta de labores, de conformidad con el artículo 15° del Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, Decreto Supremo N° 003-97-TR. DECLARAR que la presente Resolución agota la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto por el numeral 218.2 del artículo 218° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444. PROCEDER a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el sitio correspondiente a la Dirección General de Trabajo que se encuentra ubicado en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Artículo Segundo.- PROCEDER a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el sitio correspondiente a la Dirección General de Trabajo que se encuentra ubicado en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, notifíquese y publíquese. EDGARDO SERGIO BALBÍN TORRES Director General Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo 1464545-1

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