Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2016 (17/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 17 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

606781

AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban el Reglamento Interno de la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Agricultura y Riego, creada por R.M. N° 0531-2016-MINAGRI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0609-2016-MINAGRI Lima, 14 de diciembre de 2016 VISTO: El Acuerdo, contenido en el Acta de Sesión N° 003 de la Tercera Sesión Ordinaria de fecha 22 de noviembre de 2016, de la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Agricultura y Riego, sobre aprobación de la propuesta de su Reglamento Interno; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0531-2016-MINAGRI, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 de octubre de 2016, se creó la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Agricultura y Riego, adscrita al Despacho Ministerial de Agricultura y Riego, en el marco de las medidas que impulsen acciones y mecanismos de lucha frontal contra la corrupción; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la citada Resolución Ministerial, en Sesión de fecha 31 de octubre de 2016, a que se refiere el Acta N° 001,se procedió a la instalación de la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Agricultura y Riego; Que, el artículo 7 de la referida Resolución, establece que la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Agricultura y Riego, se regula por su Reglamento Interno, aprobado a propuesta de la citada Comisión por Resolución Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la instalación de la mencionada Comisión; Que, mediante el documento del Visto, la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Agricultura y Riego, acordó elevar a la Secretaría General del Ministerio de Agricultura y Riego la propuesta de su Reglamento Interno, por lo que es necesario proceder a su aprobación; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014 ­ MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Interno de la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Agricultura y Riego, creada por Resolución Ministerial N° 0531-2016-MINAGRI, que en Anexo adjunto forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial a los integrantes de la Comisión de Lucha Contra la Corrupción del Sector Agricultura y Riego. Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Tecnología de la Información publique el Reglamento Interno en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1464057-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de funcionario a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 439-2016-MINCETUR Lima, 15 de diciembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; así como dirigir, coordinar, elaborar y ejecutar los planes y programas nacionales sectoriales de desarrollo en materia de comercio exterior, integración y promoción de las exportaciones; Que, a través del Viceministerio de Comercio Exterior, se encarga de formular, coordinar, evaluar y supervisar la política nacional y sectorial de comercio exterior e integración comercial; asimismo formula, coordina y ejecuta los planes y programas de desarrollo, en armonía con la política general de Gobierno, así como las acciones concernientes a la agenda comercial internacional de los diferentes foros, esquemas de integración comercial, las negociaciones comerciales internacionales y la cooperación económica y social, en coordinación con los sectores de gobierno vinculados a su ámbito, según corresponda; Que, el 22 de marzo del 2010, la República del Perú y la República de Argentina suscribieron el "Acuerdo de Asociación Estratégica, Complementación y Cooperación", que tiene por objetivo fortalecer y dinamizar las relaciones bilaterales en los ámbitos político, económico-comercial y de cooperación, basada en la reciprocidad, el interés común y la complementariedad; Que, en el marco de dicho Acuerdo, el día 19 de diciembre de 2016, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, se llevará a cabo la I Reunión del Mecanismo Permanente de Promoción Comercial, Inversiones y Turismo, que tiene como finalidad impulsar y facilitar el comercio bilateral y las oportunidades de negocios, promover las inversiones y fomentar el posicionamiento de la oferta de productos y destinos turísticos, lo que permitirá a las Partes fortalecer las relaciones económico comerciales bilaterales; Que, asimismo, el día 20 de diciembre de 2016, se realizará la III Reunión de la Subcomisión para Asuntos Económicos y Financieros, mecanismo institucional de coordinación y diálogo bilateral que tiene como objetivo establecer las bases para alcanzar una mayor cooperación e integración económica que contribuya a la creación de un espacio económico ampliado que tienda a facilitar la libre circulación de bienes y servicios; eliminar las restricciones arancelarias y no arancelarias que pudieran afectar el comercio; y avanzar en la integración productiva y la complementación económica; Que, mediante Oficio RE (DAE) N° 2-14-A/124 y Oficio Circular RE (DAE-DNE) N° 22-6-BB/204, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha solicitado al MINCETUR la participación de un representante en dichas reuniones, que tienen como objetivo efectuar el seguimiento de las relaciones económicas, comerciales, financieras y sobre propiedad intelectual entre ambos países, abordando temas especializados relacionados a la facilitación comercial, temas que son de competencia del Sector Comercio Exterior y Turismo; Que, por tanto, el Viceministro de Comercio Exterior solicita que se autorice el viaje del señor José Eduardo Brandes Salazar, Director General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participe en las reuniones antes mencionadas; Que, es necesario encargar las funciones de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, en tanto dure la ausencia de su titular; Que, el artículo 10° de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los

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