Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano / Sábado 31 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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estratégicos que se formulan, modifican y/o actualizan en el marco de la mencionada Directiva, el cual será emitido de manera obligatoria como requisito previo a la aprobación de los planes estratégicos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 329-2016-TR se aprueba la actualización del "Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM 2017- 2021 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo"; Que, mediante Informe Técnico N° 320-2016MTPE/4/9.1, la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planificación y Presupuesto emite el Informe Técnico sobre el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2019 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en el marco de lo señalado en la Directiva N° 001-2014-CEPLAN, "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico ­ Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico"; Que, mediante Oficio N° 7208-2016/MTPE/4, la Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo solicita al CEPLAN, emitir el Informe Técnico sobre el proyecto de Plan Estratégico Institucional PEI 2017-2019 del Trabajo y Promoción del Empleo. Que, con Oficio N°546-2016-CEPLAN/DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, remite el Informe Técnico N° 50-2016-CEPLAN/DNCP-FI donde concluye que el Plan Estratégico Institucional PEI 2017-2019 del Trabajo y Promoción del Empleo cumple con lo establecido en la Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico y sus modificaciones emitida por CEPLAN. Que, con Informe N° 1328-2016-MTPE/4/9.1, de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planificación y Presupuesto remite el Plan Estratégico Institucional PEI 2017-2019 del Trabajo y Promoción del Empleo, para la aprobación mediante resolución ministerial; Que, el Plan Estratégico Institucional (PEI) 20172019 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, constituye un instrumento de Gestión Institucional para los próximos tres (03) años, cuyo contenido se enmarca en el documento actualizado del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2021 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, la Política de Gestión de Gobierno Nacional y Sectorial; y, los Lineamientos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021. De esta forma, el cumplimiento de las metas y de los objetivos del PEI en referencia, contribuye con el cumplimiento de las metas y objetivos del PESEM 2017-2021 del Sector Trabajo y Promoción del Empleo. Con las visaciones del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo N°004-2014-TR y la Directiva N° 001-2014-CEPLAN, "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico ­ Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", aprobada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 26-2014-CEPLAN/ PCD. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2019 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo", que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que los Órganos, Unidades Orgánicas y Programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, son responsables de la ejecución de la Metas e Indicadores contenidos en Plan Estratégico Institucional antes mencionado, dentro del ámbito de sus competencias funcionales. Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Planeamiento e Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del

Empleo, el seguimiento y evaluación del "Plan Estratégico Institucional (PEI) 2017-2019 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo", aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución, siguiendo las disposiciones contenidas en la Directiva N° 001-2014-CEPLAN "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico ­ Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", aprobada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 26-2014-CEPLAN/PCD. Artículo 4.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, www. trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1469402-2

Aprueban reordenamiento de cargos del Cuadro de Asignación de Personal - CAP Provisional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 334-2016-TR Lima, 30 de diciembre de 2016 VISTOS: El Oficio N° 3313-2016-MTPE/4/12, de la Oficina General de Recursos Humanos, el Memorándum N° 11322016-MTPE/4/9, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 3392-2016-MTPE/4 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29381, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2014-TR, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción de Promoción del Empleo; Que, mediante Ley N° 30057, se aprueba la Ley del Servicio Civil, cuya Cuarta Disposición Complementaria Final establece que el Cuadro de Asignación de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal - PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE; Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014PCM, señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades; mientras que la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la misma norma, derogó el Decreto Supremo N° 0432004, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de personal ­ CAP; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE, se aprueba las modificaciones y la versión actualizada de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/ GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", que comprende las reglas básicas para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional; Que, el acápite 7.5 del numeral 7 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH establece que el Cuadro

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