Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2016 (12/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano / Martes 12 de enero de 2016 Fecha 12 al 15 de enero Del Juzgado Remitente Al Juzgado receptor

NORMAS LEGALES
Cantidad 200 Exp.

575247

CONSIDERANDO: Primero.- Por Resolución Administrativa de vistos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial institucionalizó el programa de proyección social "Justicia en tu Comunidad" estableciendo que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, sean los responsables de implementar el referido programa social en los distritos judiciales de su respectiva competencia. Segundo.- Por Resolución Administrativa N° 031-2014P-CSJLE-PJ se conformó la Comisión de implementación y ejecución del programa social "JUSTICIA EN TU COMUNIDAD" de esta Corte Superior, presidida por la Magistrada Carmen Leonor Barrera Utano, Comisión que fue ratificada para el año judicial 2015 por su destacada y eficiente labor, consecuentemente debe continuar en funciones, con la incorporación de Magistrados y Colaboradores para la elaboración y ejecución de su plan de trabajo para el presente año judicial, conforme así se encuentra dispuesto en la Resolución Administrativa ya citada. Por tales consideraciones, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR la Comisión de Trabajo del Programa Nacional "JUSTICIA EN TU COMUNIDAD" de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, encargada de coordinar y ejecutar los proyectos sociales para el año judicial 2016, que estará integrada de la siguiente manera: 1. Dra. Carmen Leonor Barrera Utano Presidenta. 2. Dr. José Manuel Quispe Morote 3. Dr. Armando Eulogio Jáuregui Puma 4. Dr. Martín Jesús Huamán Ramos 5. Dr. Miguel Wielis Chávez García Artículo Segundo.- INCORPORAR como integrantes de la citada Comisión a los siguientes Magistrados: 1. Dra. Lucia Rosa Yon Li 2. Dra. Anita Chávez Bustamante 3. Dra. Tania Ynés Huancahuire Díaz Artículo Tercero.- DESIGNAR como Secretario Técnico al señor abogado Julio César Porras Talavera y como Colaboradores a los Servidores Amet Williams Cisneros Rojas y César Augusto Rojas Ypanaqué Artículo Cuarto.- La Comisión deberá elaborar y ejecutar el plan de trabajo correspondiente para el presente año judicial en un plazo no mayor a los quince días, conforme a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 037-2011-CE-PJ, no obstante lo dispuesto, la Comisión podrá planificar y ejecutar tareas y estrategias adicionales que favorezcan el adecuado desarrollo de este programa social. Artículo Quinto.- El Jefe de la Oficina de Administración Distrital de esta Corte, brindará a la Comisión el apoyo que requiera con la finalidad de que se cumpla lo ordenado en la presente resolución. Artículo Sexto.- Póngase la presente resolución en conocimiento de la Magistrada Coordinadora Nacional del Programa Justicia en tu Comunidad ­ Corte Suprema de la República, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal, e interesados. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese. MARÍA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1332282-1

3º Juzgado de Juzgado de Familia Familia de San Juan Transitorio de San de Lurigancho Juan de Lurigancho

Artículo Segundo.- No se considerará para la redistribución: a) Los expedientes en lo que se ha llevado a cabo informe oral. b) Los expedientes en reserva y/o archivo provisional, ni con mandato de archivo definitivo. Artículo Tercero.- Estando a las características propias de la carga procesal del Tercer Juzgado de Familia de San Juan de Lurigancho y por excepción se le autoriza remitir expedientes que registran una redistribución anterior. Artículo Cuarto.- La redistribución comprende a los procesos cualquiera sea el año de ingreso del expediente, los cuales deben ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificación completos, debidamente cosidos, foliados en números y letras, asimismo, todos los escritos deberán estar debidamente proveídos bajo responsabilidad. Artículo Quinto.- Vencido el plazo señalado en el artículo primero, el Tercer Juzgado de Familia de San Juan de Lurigancho, deberá hacer llegar por medio electromagnético en detalle, la relación de expedientes redistribuidos, la cual tendrá carácter de declaración jurada y será publicada en la página web de esta Corte Superior de Justicia, para conocimiento de los justiciables. Artículo Sexto.- Con el fin de no afectar el derecho de los usuarios y/o litigantes y hasta que culmine el proceso de redistribución de expedientes dispuesto en la presente resolución, por Mesa de Partes Única, el Tercer Juzgado de Familia de San Juan de Lurigancho deberá recibir los escritos relacionados a actos procesales con plazos de vencimiento y/o perentorios de los procesos a ser redistribuidos que se encuentren aún bajo su custodia, debiendo ser remitidos junto con el expediente al Juzgado de Familia Transitorio del citado Distrito. Artículo Séptimo.- REMITIR copia de la presente Resolución Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima Este y a los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MARÍA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1332280-1

Ratifican la Comisión de Trabajo del Programa Nacional "JUSTICIA EN TU COMUNIDAD" de la Corte Superior de Justicia de Lima Este
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 016-2016-P-CSJLE/PJ Lima, 8 de enero de 2016 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 037-2011-CE-PJ; y,

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