Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2016 (12/01/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Martes 12 de enero de 2016
Nota

NORMAS LEGALES
b) Por ofrecimiento de pruebas para interponer excepciones, defensas previas, tercería, observación a pericias laborales, observación a liquidación de devengados en los procesos de alimentos y observación a la tasación de bienes muebles e inmuebles a ser rematados. c) Por solicitud de nulidad de actos procesales. d) Por recurso de apelación de autos. e) Por recurso de apelación de sentencias. f) Por recurso de nulidad y casación. g) Por recurso de queja. 20.0% 79.00 h) Por diligencias a realizarse fuera del local judicial. i) Por formas especiales de conclusión del proceso (allanamiento, reconocimiento, transacción, desistimiento del proceso), abandono del proceso a pedido de parte o tercero legitimado y conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo, por suspensión convencional del proceso (excepto conciliación y abandono de oficio). j) Por otorgamiento de poder por acta. 20.0% 79.00
Nota

575239
25.0% 98.75

1) En los casos de Recurso de Oposición contra Medida Cautelar, Recurso de Oposición o Tacha de Medios Probatorios se abonará el concepto del inciso d). 2) En los casos de interponerse más de una excepción se abonará un arancel por cada una de ellas.

3.-

POR ACTOS PROCESALES CUYO VALOR DE LA PRETENSIÓN SEA MAYOR DE DOSCIENTOS CINCUENTA (250) URP HASTA QUINIENTOS (500) URP

14.0% 25.0% 100.0% 250.0% 62.5% 125.0% 70.0%

55.30 98.75 395.00 987.50 246.85 493.75 276.50

a) Por ofrecimiento de pruebas: demanda, contestación, reconvención, denuncia civil, intervención coadyuvante, litisconsorcio excluyente de propiedad o de derecho preferente y sucesión procesal, calificación de título ejecutivo o de ejecución (incluyendo la ejecución de las actas de conciliación extrajudicial por laudos arbitrales incumplidos por las partes y actas extrajudiciales de alimentos), la actuación de prueba anticipada, las contradicciones, y por ofrecimiento de nuevos medios probatorios. b) Por ofrecimiento de pruebas para interponer excepciones, defensas previas, tercería, observación a pericias laborales, observación a liquidación de devengados en los procesos de alimentos y observación a la tasación de bienes muebles e inmuebles a ser rematados. c) Por solicitud de nulidad de actos procesales. d) Por recurso de apelación de autos. e) Por recurso de apelación de sentencias. f) Por recurso de nulidad y casación. g) Por recurso de queja. h) Por diligencias a realizarse fuera del local judicial. i) Por formas especiales de conclusión del proceso (allanamiento, reconocimiento, transacción, desistimiento del proceso), abandono del proceso a pedido de parte o tercero legitimado y conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo, por suspensión convencional del proceso (excepto conciliación y abandono de oficio). j) Por otorgamiento de poder por acta.
Nota

10.0%

39.50

12.0% 20.0% 80.0% 200.0% 50.0% 100.0% 50.0%

47.40 79.00 316.00 790.00 197.50 395.00 197.50

1) En los casos de Recurso de Oposición contra Medida Cautelar, Recurso de Oposición o Tacha de Medios Probatorios se abonará el concepto del inciso d). 2) En los casos de interponerse más de una excepción se abonará un arancel por cada una de ellas.

5.-

POR ACTOS PROCESALES CUYO VALOR DE LA PRETENSIÓN SEA MAYOR DE SETECIENTOS CINCUENTA (750) URP HASTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA (1 250) URP. a) Por ofrecimiento de pruebas: demanda, contestación, reconvención, denuncia civil, intervención coadyuvante, litisconsorcio excluyente de propiedad o de derecho preferente y sucesión procesal, calificación de título ejecutivo o de ejecución (incluyendo la ejecución de las actas de conciliación extrajudicial por laudos arbitrales incumplidos por las partes y actas extrajudiciales de alimentos), la actuación de prueba anticipada, las contradicciones, y por ofrecimiento de nuevos medios probatorios. b) Por ofrecimiento de pruebas para interponer excepciones, defensas previas, tercería, observación a pericias laborales, observación a liquidación de devengados en los procesos de alimentos y observación a la tasación de bienes muebles e inmuebles a ser rematados. c) Por solicitud de nulidad de actos procesales. d) Por recurso de apelación de autos. e) Por recurso de apelación de sentencias. f) Por recurso de nulidad y casación. g) Por recurso de queja. 30.0% 118.50

10.0%

39.50

30.0%

118.50

1) En los casos de Recurso de Oposición contra Medida Cautelar, Recurso de Oposición o Tacha de Medios Probatorios se abonará el concepto del inciso d). 2) En los casos de interponerse más de una excepción se abonará un arancel por cada una de ellas.

16.0% 30.0% 120.0% 300.0% 75.0% 150.0% 90.0%

63.20 118.50 474.00 1,185.00 296.25 592.50 355.50

4.-

POR ACTOS PROCESALES CUYO VALOR DE LA PRETENSIÓN SEA MAYOR DE QUINIENTOS (500) URP HASTA SETECIENTOS CINCUENTA (750) URP. a) Por ofrecimiento de pruebas: demanda, contestación, reconvención, denuncia civil, intervención coadyuvante, litisconsorcio excluyente de propiedad o de derecho preferente y sucesión procesal, calificación de título ejecutivo o de ejecución (incluyendo la ejecución de las actas de conciliación extrajudicial por laudos arbitrales incumplidos por las partes y actas extrajudiciales de alimentos), la actuación de prueba anticipada, las contradicciones, y por ofrecimiento de nuevos medios probatorios. 25.0% 98.75

h) Por diligencias a realizarse fuera del local judicial. i) Por formas especiales de conclusión del proceso (allanamiento, reconocimiento, transacción, desistimiento del proceso), abandono del proceso a pedido de parte o tercero legitimado y conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo, por suspensión convencional del proceso (excepto conciliación y abandono de oficio). j) Por otorgamiento de poder por acta.

20.0%

79.00

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.