Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2016 (26/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Martes 26 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje de comitiva oficial y de apoyo que acompañará al Presidente de la República durante su viaje a Ecuador
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2016-PCM Lima, 25 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, viajará del 26 al 27 de enero de 2016, para asistir a la IV Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), que se realizará en la ciudad de Quito, República de Ecuador; Que, conforme con lo establecido en el artículo 10º de la Ley Nº 30372 y artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, corresponde autorizar el viaje de los funcionarios públicos que integran la comitiva oficial y de apoyo que acompañará durante su recorrido al señor Presidente de la República, en lo que respecta al Despacho Presidencial, así como el monto de los gastos que irrogará el citado viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial aprobado mediante Decreto Supremo N° 066-2006-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 082-2011-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la comitiva oficial y de apoyo que acompañará al señor Presidente de la República durante su viaje a la ciudad de Quito, República de Ecuador del 26 al 27 de enero de 2016, la que está integrada por los siguientes funcionarios: - Ricardo José Ynouye Arévalo, Director General de Protocolo del Despacho Presidencial. - Carlos Enrique García Castillo, funcionario de la Oficina de Protocolo del Despacho Presidencial. - Jaime Antonio Herrera Arce, Supervisor de la Dirección de Operaciones del Despacho Presidencial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje de los funcionarios a que se refiere la presente Resolución Suprema, serán sufragados con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, a razón de US$ 370.00 (Trescientos setenta y 00/100 dólares americanos) por concepto de viáticos diarios, por persona. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios a que se refiere el artículo primero deberán presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1338028-2

Autorizan viaje de miembros del equipo periodístico del IRTP a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 018-2016-PCM Lima, 25 de enero de 2016 VISTO: el Oficio Nº 001-2016-PE/IRTP, remitido por la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP, y; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP, es un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene como objetivo llegar a toda la población nacional, a través de los medios de radiodifusión sonora y por televisión a su cargo, con programas educativos, culturales, informativos y de esparcimiento; Que, el Presidente de la República señor Ollanta Humala Tasso, asistirá a la IV Reunión de Jefes de Estado de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), que se realizará en la ciudad de Quito, República de Ecuador, del 26 al 27 de enero de 2016; Que, en tal sentido, resulta necesario cubrir las incidencias informativas de dicha actividad oficial; por lo que, se estima conveniente autorizar el viaje de los señores Diego Viaña Rosa Pérez y Bernabé Valenzuela Tapia, miembros del equipo periodístico del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Quito, República de Ecuador, del 26 al 27 de enero de 2016, de los señores Diego Viaña Rosa Pérez y Bernabé Valenzuela Tapia, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución suprema se efectuarán con cargo a los recursos ordinarios del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: Diego Viaña Rosa Pérez (Viáticos US$ 370.00 x 2 días) US$ 740.00 Bernabé Valenzuela Tapia (Viáticos US$ 370.00 x 2 días) US$ 740.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguiente a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza por la presente resolución suprema, deberán presentar a la Titular de su Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución suprema no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1338028-3

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