Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2016 (26/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Martes 26 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Oficio N° 000069-2016/IN/DGPP, de fecha 12 de enero de 2016, mediante el cual la Dirección General de Planificación y Presupuesto solicita delegar facultades en materia presupuestaria en el Viceministro de Gestión Institucional; CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley N° 28411, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece normas fundamentales que rigen las distintas fases del proceso presupuestario, los criterios técnicos y los mecanismos operativos que permiten optimizar la gestión administrativa y financiera del Estado; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7 del referido Texto Único Ordenado, el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestaria cuando lo establezca expresamente la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, cuyo Titular es responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 40.2 del artículo 40 del citado Texto Único Ordenado, indica que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad mediante disposición expresa, la cual debe ser publicada en el Diario Oficial "EI Peruano"; Que, de acuerdo al artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, conforme al numeral 16 del artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, compete al Ministro del Interior ejercer las funciones que le asigna la Constitución Política del Perú y demás leyes, pudiendo delegar en los funcionarios del Ministerio las facultades y atribuciones que le sean privativas a su función de Ministro de Estado; Que, la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, mediante el Informe N° 000002-2016/IN/DGPP/DPP, de fecha 11 de enero de 2016, a fin de facilitar la ejecución del proceso presupuestario en el Pliego 007: Ministerio del Interior, propone se delegue en el Viceministro de Gestión Institucional, la aprobación de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, incluyendo sus anexos, así como aquellas que se requieran en el período de regularización presupuestaria, además de las directivas en materia presupuestal que se requieran emitir; Que, la propuesta de delegación de facultades antes referida ha sido hecha suya por la Dirección General de Planificación y Presupuesto mediante Oficio N° 0000662016/IN/DGPP, de fecha 12 de enero de 2016; y cuenta con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica, emitida mediante Informe N° 000088-2016/IN/ OGAJ, de fecha 21 de enero de 2016; De conformidad con lo establecido por Ia Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y, el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el Viceministro de Gestión Institucional la facultad para aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, que incluye sus anexos, así como las que se requieran en el período de regularización; además de las directivas que en materia presupuestaria se requieran emitir. Artículo 2.- El Viceministro de Gestión Institucional informará trimestralmente, de manera documentada, al Despacho Ministerial sobre los actos administrativos que emita al amparo de Ia delegación aprobada mediante Ia presente Resolución. Artículo 3.- Remitir copia de Ia presente Resolución a Ia Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la

República del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a Ia Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 4.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 016-2015-IN, de fecha 12 de enero de 2015, que delega en el Viceministro de Gestión Institucional la facultad para aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático durante el ejercicio presupuestario 2015. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS PEREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1337854-1

Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento de competencia del Sector Interior para el Año Fiscal 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 049-2016-IN Lima, 25 de enero de 2016 VISTOS: el Informe Nº 000007-2016/IN/DGPP/ DPP, de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planificación y Presupuesto; el Oficio Nº 000093-2016/IN/DGPP, de la Dirección General de Planificación y Presupuesto; y el Informe N° 000062-2016/IN/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como una de las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 22.2 del artículo 22° de la acotada Ley, dispone que los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que, el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, señala que este Ministerio diseña, establece, promueve, ejecuta, supervisa y evalúa políticas públicas en materia de orden interno y orden público, con el objeto de garantizar el cumplimiento de la ley y el respeto a los derechos humanos con visión integral e intersectorial, en todo el territorio nacional; acotando el artículo 5° que este Ministerio ejerce competencia exclusiva a nivel nacional en materia de orden interno y orden público y es el ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, se definen y establecen las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, a fin de que el conjunto de instituciones y funcionarios públicos impulsen transversalmente su promoción y ejecución en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales; Que, el artículo 3° del Decreto Supremo citado señala que mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, que deberá ser aprobada dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año, los Ministerios publicarán las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia, precisando que dichas metas deben corresponder a los programas multianuales y a sus estrategias de inversión y gasto social asociadas, conforme a lo establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con los demás Ministerios; Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2013IN, es función del Ministro del Interior orientar, formular, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las

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