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576490 NORMAS LEGALES Martes 26 de enero de 2016 / El Peruano Políticas Nacionales y Sectoriales a su cargo, en armonía con la política general del Gobierno; Que, la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Plani fi cación y Presupuesto, a través del Informe Nº 000007-2016/IN/DGPP/DPP, del 13 de enero de 2016, señala que ha consolidado la Matriz de Metas e Indicadores de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento en el ámbito funcional del Sector Interior para el Año Fiscal 2016, en coordinación con los Órganos Policiales y No Policiales del Ministerio; Que, mediante O fi cio Nº 000093-2016/IN/DGPP, del 14 de enero de 2016, la Dirección General de Plani fi cación y Presupuesto en consideración al Informe Nº 000007-2016/IN/DGPP/DPP, citado en el considerando precedente, propone que se apruebe las Metas e Indicadores de Desempeño de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento, de competencia del Sector Interior; Que, en tal sentido, es necesario aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento de competencia del Sector Interior; De conformidad con la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo N° 010-2013-IN, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM; y, Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobación de la Matriz de Metas e Indicadores Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento de competencia del Sector Interior para el Año Fiscal 2016, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- De los Órganos Adscritos Los órganos adscritos en cada materia tienen la denominación de “Órganos Ejecutores”, y remiten su proyecto de matriz e informe de evaluación a los órganos responsables de consolidar, a quienes se les denomina “Órganos Supervisores”, los cuales remiten dicha información en forma consolidada a la Dirección General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio del Interior para su consolidación a nivel sectorial, según las siguientes materias: MATERIAÓRGANOS SUPERVISORES 2En materia de igualdad de géneroDirección General para la Seguridad Democrática 3 En materia de juventudDirección Ejecutiva de Seguridad Ciudadana 5En relación a las personas con discapacidadDefensoría del Policía 7En materia de extensión tecnológica, medio ambiente y competitividadDirección Ejecutiva de Turismo y Medio Ambiente 8En relación al aumento de capacidades socialesDirección General para la Seguridad Democrática 9 En materia de empleo y MYPEDirección General de Administración 11 En materia de anticorrupción Secretaría General 12En materia de política de seguridad y defensa nacionalOfi cina de Seguridad y Defensa Nacional 13 En materia de servicio civilDirección General de Recursos Humanos 14En materia de gestión del riesgo de desastresOfi cina de Seguridad y Defensa Nacional Artículo 3º.- De los Órganos Ejecutores Los Órganos Ejecutores remiten a los Órganos Supervisores la evaluación de la ejecución de las Metas e Indicadores de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento del Sector Interior para el Año Fiscal 2016 a los siete (07) días calendario de culminado el semestre. Los Órganos Supervisores deben remitir a la Dirección General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio del Interior el Informe de Evaluación consolidado a los catorce (14) días calendario de culminado el semestre. Artículo 4º.- De la formulación del proyecto de Matriz de Metas e Indicadores del Año Fiscal 2017 Los Órganos Ejecutores involucrados son responsables de formular y remitir su proyecto de Matriz de Metas e Indicadores del Año Fiscal 2017 a los Órganos Supervisores, los que a su vez deben remitir en forma consolidada a la Dirección General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio del Interior para su consolidación a nivel sectorial, antes 31 de octubre del 2016. Artículo 5º.- De la responsabilidad El cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución es de responsabilidad del Director o Jefe de los Órganos Ejecutores y su incumplimiento es informado, por la Dirección General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio del Interior, al Órgano de Control Institucional del Ministerio del Interior y/o al Órgano de Control Institucional de la Policía Nacional del Perú, según corresponda. Artículo 6º.- De la Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal Institucional del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe) el Anexo y la correspondiente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE LUIS PEREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1337856-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos peruanos RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2016-JUS Lima, 25 de enero de 2016VISTO; el Informe de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 171-2015/COE-TC, del 13 de octubre de 2015, sobre la solicitud de extradición activa a la República Argentina del ciudadano peruano JUAN CARLOS MENDOZA CADENILLAS, formulada por la Sala Mixta Permanente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 22 de julio de 2015, aclarada por Resolución del 26 de agosto de 2015, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JUAN CARLOS MENDOZA CADENILLAS, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Seguridad Pública en la modalidad de Tenencia Ilegal de Armas de Fuego y Municiones, en agravio de la Sociedad (Expediente Nº 87-2015); Que, el literal a) del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o