Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2016 (26/01/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

576486

NORMAS LEGALES

Martes 26 de enero de 2016 /

El Peruano

de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de enero del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1338027-1

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica
DECRETO SUPREMO N° 008-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 114 Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; Que, el artículo 6 la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) establece que la promoción y desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación (CTeI) es responsabilidad que asume el Estado a través del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT), bajo la dirección y coordinación del CONCYTEC; Que, el artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC), aprobado mediante Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, determina como funciones generales del citado pliego, entre otras, normar, dirigir, orientar, coordinar y articular el SINACYT, así como el proceso de planeamiento, programación, seguimiento y evaluación de las actividades de CTeI en el país; formular la política y planes nacionales de desarrollo científico y tecnológico, articulando las propuestas sectoriales, regionales e institucionales de CTeI, con los planes de desarrollo socioeconómico, ambiental y cultural, entre otros del país; y promover, orientar y coordinar en forma desconcentrada y descentralizada la producción científico - tecnológico y la prestación y aprovisionamiento de bienes y servicios de ciencia, tecnología e innovación del SINACYT, así como realizar la acción concertada y la complementariedad entre los programas y proyectos del Sistema; Que, el Jefe de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) mediante Informe N° 004-2016-CONCYTEC-OPP, señala que no se cuenta con recursos disponibles a efectos de financiar el fortalecimiento y ampliar actividades propuestas en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 30309, Ley que promueve la Investigación Científica, Desarrollo

Tecnológico e Innovación Tecnológica; en virtud de lo cual, a través del Oficio N° 003-2016-CONCYTEC-P, el Presidente del CONCYTEC solicita recursos adicionales hasta por la suma de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 4 348 146,00); Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, los recursos para las acciones descritas en los considerandos precedentes no han sido previstos en el presupuesto institucional del pliego 114 Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas, hasta por la suma de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 4 348 146,00), con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, hasta por la suma de CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 4 348 146,00), a favor del pliego 114 Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, a fin que sean destinados a fortalecer y ampliar actividades propuestas en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 30309, Ley que promueve la Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación Tecnológica, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA 4 348 146,00 ------------------4 348 146,00 =========== En Soles : Gobierno Central 114 : Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica 001 : Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0137 : Desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ACTIVIDAD 5005295 : Incentivos para la Inversión en Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.