Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2016 (27/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de enero de 2016 /

El Peruano

SALUD
Aprueban Planes de Equipamiento de Establecimientos de Salud para Programas Presupuestales de diversos Gobiernos Regionales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 039-2016/MINSA Lima, 22 de enero del 2016 VISTO, el Expediente Nº 15-093163-001 que contiene el Informe Técnico Nº 019-2015-UPP-DGIEM/MINSA y el Memorándum N° 2382-2015-DGIEM/MINSA de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 123 de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establece que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud de nivel nacional y tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política de salud y actúa como la máxima autoridad normativa en materia de salud; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3 y 4 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, éste es competente entre otros ámbitos, en infraestructura y equipamiento en salud, constituyéndose como organismo rector del sector salud; Que, el artículo 34 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza al Ministerio de Salud a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por el monto de S/. 150 000 000,00 (CIENTO CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a favor de sus organismos públicos y de los Gobiernos Regionales, para la reposición y adquisición de nuevo equipamiento biomédico en el marco de los programas presupuestales: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles y Prevención y Control del Cáncer, y Salud Mental; Que, asimismo, la disposición citada en el considerando precedente establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional se realizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a solicitud de este último, previa aprobación por parte del Ministerio de Salud de un Plan de Equipamiento de los Establecimientos de Salud a Nivel Nacional coordinado con los Gobiernos Regionales, a más tardar el 31 de marzo de 2016; Que, mediante Resolución Ministerial N° 148-2013/ MINSA, se aprobó el Documento Técnico "Lineamientos para la Elaboración del Plan de Equipamiento de Establecimientos de Salud en áreas relacionadas a Programas Presupuestales", de aplicación a los establecimientos de salud de los Gobiernos Regionales, disponiéndose que la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud deberá proporcionar asistencia y/o asesoramiento técnico especializado en aspectos de su competencia a los gobiernos regionales y brindará opinión técnica respecto de los Planes presentados por los citados gobiernos regionales ante el Ministerio de Salud, revisándolos, validándolos y brindando su conformidad, en el marco de lo dispuesto en el mencionado Documento Técnico; Que, con el documento de visto, la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento sustenta la aprobación del Plan de Equipamiento de Establecimientos de Salud ­ PEES de veinticinco (25) Gobiernos Regionales para los Programas Presupuestales: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis,

Enfermedades No Transmisibles, Prevención y Control del Cáncer y Salud Mental, los cuales han sido formulados por los Gobiernos Regionales; Que, con Informe N° 151-2015-OGPP-OPGI/MINSA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de órgano técnico, señala que conserva la base de datos con el detalle de los Planes de Equipamiento de los Establecimientos de Salud ­ PEES de los veinticinco (25) Gobiernos Regionales y recomienda continuar con la aprobación de los referidos Planes; Que, a través del Informe N° 040-2016-OGAJ/MINSA la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal sobre la viabilidad de la propuesta formulada por la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento; Estando a lo informado por la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, así como por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, corresponde emitir el acto resolutivo respectivo; Con la visación del Director General de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento; de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los Planes de Equipamiento de Establecimientos de Salud para los Programas Presupuestales: Articulado Nutricional, Salud Materno Neonatal, Prevención y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Enfermedades No Transmisibles, Prevención y Control del Cáncer y Salud Mental, de los Gobiernos Regionales que a continuación se detallan, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, que en Anexo adjunto, forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial: · Pliego 440: GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS · Pliego 441: GOBIERNO REGIONAL ANCASH · Pliego 402: GOBIERNO REGIONAL APURÍMAC · Pliego 443: GOBIERNO REGIONAL AREQUIPA · Pliego 444: GOBIERNO REGIONAL AYACUCHO · Pliego 445: GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA · Pliego 446: GOBIERNO REGIONAL CUSCO · Pliego 447: GOBIERNO REGIONAL HUANCAVELICA · Pliego 448: GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO · Pliego 449: GOBIERNO REGIONAL ICA · Pliego 450: GOBIERNO REGIONAL JUNÍN · Pliego 451: GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD · Pliego 452: GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE · Pliego 453: GOBIERNO REGIONAL LORETO · Pliego 454: GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS · Pliego 455: GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA · Pliego 456: GOBIERNO REGIONAL PASCO · Pliego 457: GOBIERNO REGIONAL PIURA · Pliego 458: GOBIERNO REGIONAL PUNO · Pliego 459: GOBIERNO REGIONAL SAN MARTÍN · Pliego 460: GOBIERNO REGIONAL TACNA · Pliego 461: GOBIERNO REGIONAL TUMBES · Pliego 462: GOBIERNO REGIONAL UCAYALI · Pliego 463: GOBIERNO REGIONAL LIMA · Pliego 464: GOBIERNO REGIONAL CALLAO Artículo 2.- La Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, proporcionará la asistencia y/o asesoramiento técnico especializado en aspectos de su competencia a los Gobiernos Regionales para la correcta ejecución de los Planes aprobados mediante la presente Resolución Ministerial, informando periódicamente de los avances. Artículo 3.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto realizará las acciones pertinentes para proceder a la transferencia presupuestal con sujeción

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