Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2016 (27/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de enero de 2016 /

El Peruano

condiciones para la renovación y con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificarse que la administrada y sus integrantes no se encuentran incursos en los impedimentos ni en las causales para denegar la renovación de la autorización, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278 y sus modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y su modificatoria, y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada a la empresa RADIO PANAMERICANA S.A. mediante Resolución Ministerial Nº 169-95-MTC/15.17, renovada por Resolución Viceministerial Nº 725-2010-MTC/03, para continuar prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Talara, departamento de Piura; por el plazo de diez (10) años, el mismo que vencerá el 12 de mayo de 2025. Artículo 2º.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y deberá haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 3º.- La titular de la autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fijados, asimismo deberá efectuar, en forma anual, el monitoreo de la referida estación. Artículo 4º.- La titular de la autorización deberá cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del artículo 38º del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 051-2010-MTC. Artículo 5º.- La renovación a la que se contrae la presente Resolución se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1337841-1

Viceministerial Nº 299-2003-MTC/03, renovada con Resolución Viceministerial Nº 199-2014-MTC/03, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de BarrancaParamonga, departamento de Lima, a favor de la empresa RADIODIFUSORA SELECTA BARRANCA E.I.R.L.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 1992014-MTC/03 del 7 de abril de 2014, se renovó la autorización otorgada con Resolución Viceministerial Nº 299-2003-MTC/03 al señor FERMIN RODRIGUEZ SOLORZANO, por el plazo de diez (10) años, para que continúe prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Barranca- Paramonga, departamento de Lima; Que, con escrito de visto, el señor FERMIN RODRIGUEZ SOLORZANO, solicitó la aprobación de la transferencia de la autorización que le fuera otorgada con Resolución Viceministerial Nº 299-2003-MTC/03, y renovada con Resolución Viceministerial Nº 199-2014MTC/03, a favor de la empresa RADIODIFUSORA SELECTA BARRANCA E.I.R.L.; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278, concordado con el artículo 73º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74º y 76º de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, conforme a lo establecido en el artículo 77º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada la transferencia y reconocido el nuevo titular, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 2597-2015MTC/28 opina que se debe aprobar la transferencia de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial Nº 299-2003-MTC/03, y renovada con Resolución Viceministerial Nº 199-2014-MTC/03 al señor FERMIN RODRIGUEZ SOLORZANO, a favor de la empresa RADIODIFUSORA SELECTA BARRANCA E.I.R.L., y reconocer a esta última como nueva titular de la citada autorización, asumiendo los derechos y obligaciones derivados de la misma; al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorización solicitada, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada al señor FERMIN RODRIGUEZ SOLORZANO con Resolución Viceministerial Nº 299-2003-MTC/03, renovada con Resolución Viceministerial Nº 199-2014-MTC/03, a favor de la empresa RADIODIFUSORA SELECTA BARRANCA E.I.R.L., conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión, relacionados a dicha autorización.

Aprueban transferencia de autorización otorgada mediante R.VM. Nº 299-2003MTC/03 a favor de la empresa Radiodifusora Selecta Barranca E.I.R.L.
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 038-2016-MTC/03 Lima, 11 de enero de 2016 VISTO, el escrito de registro Nº 2015-042123 del 9 de julio de 2015, presentado por el señor FERMIN RODRIGUEZ SOLORZANO, sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada con Resolución

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