Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2016 (27/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de enero de 2016 /

El Peruano

Aprueban transferencia de autorización otorgada mediante R.M. Nº 722-90-TC/15.17 a favor de la empresa Vega Visión S.R.L.
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 056-2016-MTC/03 Lima, 13 de enero de 2016 VISTO, el escrito de registro Nº 2015-049401 del 11 de agosto de 2015, presentado por la empresa RADIODIFUSORA EL SUR S.R.L., sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 722-90-TC/15.17 y adecuada por Resolución Viceministerial Nº 201-2011-MTC/03, a favor de la empresa VEGA VISION S.R.L.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 722-90TC/15.17 del 23 de mayo de 1990, se otorgó autorización a la empresa RADIODIFUSORA EL SUR S.C.R.L. por el plazo de un (01) año, para instalar y operar en periodo de prueba una estación de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de Piura; Que, a través de la Resolución Viceministerial Nº 201-2011-MTC/03 del 21 de febrero de 2011, se adecuó por mandato expreso de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 0602010-MTC, el plazo de vigencia de las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión, entre las que se encuentra la autorización otorgada a la empresa RADIODIFUSORA EL SUR S.R.L.1, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Piura, departamento de Piura, cuya vigencia vence el 23 de mayo del 2020; Que, con escrito de Visto, la empresa RADIODIFUSORA EL SUR S.R.L. solicita la transferencia de la autorización que le fuera otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 722-90-TC/15.17 y adecuada por Resolución Viceministerial Nº 201-2011-MTC/03, a favor de la empresa VEGA VISION S.R.L.; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión ­ Ley Nº 28278, concordado con el artículo 73º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establecen que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74º y 76º de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, conforme a lo establecido en el artículo 77º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada la transferencia y reconocido el nuevo titular, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 2765-2015MTC/28 opina que se debe aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Ministerial Nº 72290-TC/15.17 y adecuada por Resolución Viceministerial Nº 201-2011-MTC/03, de titularidad de la empresa RADIODIFUSORA EL SUR S.R.L., a favor de la empresa VEGA VISION S.R.L., y reconocer a esta última, como nueva titular de la citada autorización, asumiendo los derechos y obligaciones derivadas de la misma; al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorización solicitada, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Ministerial Nº 722-90-TC/15.17 y adecuada por Resolución Viceministerial Nº 201-2011MTC/03, de titularidad de la empresa RADIODIFUSORA EL SUR S.R.L., a favor de la empresa VEGA VISION S.R.L., conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión. Artículo 2º.- Reconocer a la empresa VEGA VISION S.R.L., como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 722-90-TC/15.17 y adecuada por Resolución Viceministerial Nº 201-2011-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones
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En el Asiento 16 de la Partida Nº 02077099 consta la inscripción de la adecuación del estatuto a la Ley General de Sociedades, por el cual la denominación social de la empresa "RADIODIFUSORA EL SUR S.C.R.L." se modificó a "RADIODIFUSORA EL SUR S.R.L."

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Rectifican error material contenido en Artículo Primero de la R.D. N° 2896-2015MTC/15
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 4698-2015-MTC/15 Lima, 20 de octubre de 2015 VISTOS: La Resolución Directoral Nº 2896-2015-MTC/15 y el Parte Diario Nº 171464, presentado por la empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES JARDEL PERU S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como verificar que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte y el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2896-2015MTC/15, de fecha 01 de julio de 2015, se autorizó a la empresa CENTRO DE INSPECCIONES TECNICAS VEHICULARES JARDEL DEL PERÚ S.A.C., como Centro de Inspección Técnica Vehicular, para operar dos (02) Líneas de Inspección Técnica Vehicular: una (01) Línea Tipo Mixta y una (01) Línea Tipo Menor, en el local ubicado en la Carretera Federico Basadre Km. 6.200, Distrito de Yarinacocha, Provincia de Coronel Portillo, Departamento de Ucayali;

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