Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2016 (30/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Sábado 30 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, en consecuencia, corresponde autorizar al Director General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, a suscribir en representación del Estado, la mencionada Adenda de Modificación del Convenio de Estabilidad Jurídica, para los fines antes expuestos; Con la opinión favorable de la Dirección General de Hidrocarburos y el visto bueno del Viceministro de Energía; De conformidad con lo dispuesto por el literal h) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Director General de Hidrocarburos a suscribir la Adenda de Modificación al Convenio de Estabilidad Jurídica a celebrarse entre el Estado Peruano, a través del Ministerio de Energía y Minas y PROINVERSIÓN, con la empresa Inversiones en Infraestructura de Transporte por Ductos S.A.C. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1339466-1

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe Nº 685-2015-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar, a favor de ADINELSA, concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante un conjunto de fuentes no convencionales de suministros en el proyecto "Electrificación Rural Fotovoltaica II Etapa­ PER/98/G31 (4200 Sistemas Fotovoltaicos), ubicados en los departamentos de Cajamarca, Loreto, Pasco y Ucayali", correspondiente al departamento de Pasco, en los términos y condiciones de la presente Resolución Directoral y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes zonas, según las especificaciones obrantes en el expediente:
Item Zona de Concesión San Luis Santa Cruz Departamento Provincia Distrito Planos Nº (Escala: Indicada) Folios 80-90 Folios 80-90 Folios 80-90 Folios 80-90 Folios 80-90 Folios 80-90 Folios 80-90 Folios 80-90 Folios 80-90 Folios 80-90 Folios 80-90 Folios 80-90 Folios 80-90 Folios 80-90 Folios 80-90

Otorgan a ADINELSA concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante fuentes no convencionales de suministros, en proyecto de electrificación rural
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 015-2016-MEM/DGE Lima, 15 de enero de 2015 VISTO: El Expediente Nº 65352914, sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante un conjunto de fuentes no convencionales de suministros en el proyecto: "Electrificación Rural Fotovoltaica II Etapa­PER/98/ G31 (4200 Sistemas Fotovoltaicos), ubicados en los departamentos de Cajamarca, Loreto, Pasco y Ucayali", correspondiente a Pasco, presentada por ADINELSA, persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11099911 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral de Lima y Callao, Oficina de Lima. CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta Nº GG-594-2014-ADINELSA, ingresada con registro Nº 2433163 el 22 de setiembre de 2014, complementada con las Cartas Nº GG-648-2014ADINELSA y GG-254-2015-ADINELSA, ingresadas con registros Nº 2447112 y 2557231, el 10 de noviembre de 2014 y 02 de diciembre de 2015, respectivamente, ADINELSA solicitó la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante un conjunto de fuentes no convencionales de suministros en el proyecto "Electrificación Rural Fotovoltaica II Etapa­PER/98/G31 (4200 Sistemas Fotovoltaicos), ubicados en los departamentos de Cajamarca, Loreto, Pasco y Ucayali", correspondiente al departamento de Pasco, que comprende las zonas detalladas en el cuadro referido en el artículo 2 de la presente Resolución; Que, ADINELSA ha presentado la Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER), aprobada mediante Resolución Directoral Nº 046-2012-EM/DGE, de fecha 27 de febrero de 2012, de acuerdo a lo señalado en el artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0252007-EM; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley 28749, Ley General de Electrificación Rural concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación;

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Huánuco Huánuco

Pachitea Pachitea Pachitea/ Oxapampa Pachitea/ Oxapampa Pachitea Pachitea Pachitea Pachitea/ Oxapampa Pachitea Pachitea Pachitea Pachitea Pachitea Oxapampa Pachitea/ Puerto Inca/ Oxapampa Pasco/Daniel Alcides Carrión Pasco Pasco Oxapampa Oxapampa

Panao Panao Panao/ Pozuzo Panao/ Pozuzo Panao Panao Panao Chaglla/ Pozuzo Panao Chaglla Panao Panao/ Chaglla Chaglla Pozuzo Chaglla/ Codo del Pozuzo/ Pozuzo Simón Bolívar / Yanahuanca Simón Bolívar Huayllay Villa Rica Villa Rica

Lucmapata Huánuco/Pasco San Juan Huariño Santa Virginia Bajo Santa Rosa Chumalle San Salvador Huánuco/Pasco Huánuco Huánuco Huánuco Huánuco/Pasco Huánuco Huánuco Huánuco Huánuco Huánuco Pasco

10 Trama Paccha 11 12 13 14 15 Cocatambo Quitasol Cuschi Chinizo

Chancarizo Huánuco/Pasco

16 Los Andes de Yanahuanca 17 Santa Ana de Pacoyan 18 Los Andes de Pucará 19 Entaz Bajo

Pasco

Folios 80-90 Folios 80-90 Folios 80-90 Folios 80-90 Folios 80-90

Pasco Pasco Pasco Pasco

20 Centro Bocaz

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