Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2016 (30/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Sábado 30 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 2°.- Crear el Registro de Instructores en materia de Trata de Personas, el cual estará a cargo de la Dirección de Derechos Fundamentales para la Gobernabilidad de la Dirección General de Seguridad Democrática del Ministerio del Interior. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", encargándose a la Secretaría General del Ministerio del Interior proceda a publicar la Directiva y la Resolución aprobatoria en el Portal Institucional del Ministerio del Interior, así como proceda con su difusión en los distintos órganos del Sector Interior y en las unidades de la Policía Nacional del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS PEREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1339961-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado Anualizado 2016 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0023-2016-JUS Lima, 28 de enero de 2016 VISTOS, el Informe Nº 14-2016-OGA-ORRHH, de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; el Acta de Acuerdo Nº 002-2016 del Comité de Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado ­ 2016 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Oficio Nº 0202-2016JUS/OGPP-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 074-2016-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1025 se aprobó las normas de capacitación y rendimiento para el Sector Público, con la finalidad de regular la capacitación y evaluación del personal al servicio del Estado, como parte del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, correspondiéndole a la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, la función de planificar, desarrollar, gestionar y evaluar la política de capacitación para el Sector Público; Que, el artículo 3 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1025, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2010-PCM, dispone que las entidades públicas elaboren y presenten a la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR su Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado ­ PDP, debiendo contener el indicado plan los objetivos generales de desarrollo de las personas, vinculados con los instrumentos de gestión multianual con que cuenta la Entidad como el Plan Estratégico Institucional y describir las estrategias de su implementación, en correspondencia con los instrumentos de gestión respectivos, en particular, el Plan Operativo Institucional y el presupuesto de la entidad; Que, asimismo, el artículo precedente estipula que cada año, las entidades deberán presentar a SERVIR su PDP anualizado, detallando el planeamiento de la implementación de acciones para el desarrollo de las personas de la entidad, debiendo el indicado plan ser remitido en los treinta (30) primeros días calendarios del año; Que, asimismo, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 041-2011-SERVIR/PE, se aprobó la Directiva Nº 001-2011-SERVIR-GDCR, denominada "Directiva para la elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado", cuyo numeral VI dispone que la elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado ­ PDP, está a cargo de un comité, el mismo que es oficializado por el Titular de la Entidad;

Que, por Resolución Ministerial Nº 0001-2015-JUS modificada por la Resolución Ministerial Nº 0273-2015JUS, se constituyó el Comité de Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado ­ PDP del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, asimismo, por Resolución Ministerial Nº 2382011-JUS, se aprobó el Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado ­ PDP Quinquenal 20122016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, el numeral VII de la Directiva Nº 001-2011-SERVIR/GDCR, establece que el Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado ­ PDP anualizado, validado por el comité, es aprobado por el Titular de la Entidad y deberá ser presentado a SERVIR; Que, el comité ha validado el Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado Anualizado 2016 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, propuesto por la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, el cual debe ser aprobado mediante el acto resolutorio correspondiente; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Oficio Nº 0202-2016-JUS/ OGPP-OPRE, señala que el requerimiento solicitado por la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, para la ejecución del referido Plan, cuenta con disponibilidad presupuestal; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 041-2011-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva Nº 001-2011-SERVIR/GDCR "Directiva para la elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado"; Resolución Ministerial Nº 238-2011-JUS, que aprueba el Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado ­ PDP Quinquenal 20122016, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y la Resolución Ministerial Nº 0001-2015-JUS modificada por Resolución Ministerial Nº 0273-2015-JUS, que constituye el Comité de Elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado ­ PDP del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado Anualizado 2016 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que como Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado Anualizado 2016 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el Portal Institucional (www.minjus.gob.pe). Artículo 3.- Remitir el Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado 2016 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR y a la dirección de correo electrónico pdp@servir.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1340245-1

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aprueban Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado 2016 - PDP de la Unidad Ejecutora 001 - Administración Nivel Central del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 016-2016-MIMP Lima, 28 de enero de 2016

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