Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2016 (13/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Sábado 13 de febrero de 2016 /

El Peruano

que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Cultura, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Manuel Ramón Beltroy Spelucin en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1345280-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 058-2016-MC Lima, 12 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, a través del Decreto Supremo N° 005-2013MC, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; Que, mediante Resolución Ministerial N° 334-2014MC, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Cultura, el cual considera el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura, como cargo de confianza; Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura, siendo necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 0052013-MC; y, la Resolución Ministerial N° 334-2014-MC que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Cultura, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Luis Guillermo Lumbreras Salcedo en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1345279-1

Que, con Oficio G.500-0294, del 22 de enero de 2016, el Secretario del Comandante General de la Marina, por especial encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América, del 15 de febrero de 2016 al 02 de marzo de 2016, con la finalidad de realizar visitas de investigación en las instalaciones del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6) en la ciudad de Iquitos y en la Provincia Constitucional del Callao. Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a un (01) militar de los Estados Unidos de América, del 15 de febrero de 2016 al 02 de marzo de 2016, con la finalidad de realizar visitas de investigación en las instalaciones del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6) en la ciudad de Iquitos y en la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa

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Modi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209.

1344952-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 126-2016-DE/SG Lima, 10 de febrero de 2016

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 125-2016-DE/SG Lima, 10 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 61 del 28 de enero de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América.

CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 38 del 21 de enero de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, Oficio Nº 202-2016-MINDEF/VPD/B/01.a del 05 de febrero de 2016, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinión favorable para el ingreso al país de personal militar de los Estados Unidos de América. Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 20 de febrero de 2016 al 04 de marzo del 2016, con la finalidad de sostener reuniones con miembros de la Escuela Superior de Guerra en Chorrillos. Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso

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