Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2016 (13/02/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 16
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NORMAS LEGALES
Sábado 13 de febrero de 2016 /
El Peruano
Que, mediante Memorando Nº 164-2016-MIMP/ OGA del 10 de febrero de 2016, la Oficina General de Administración ha señalado que no encuentra objeción para la transferencia financiera propuesta por la Dirección General de la Familia y la Comunidad, mediante Memorando Nº 073-2016-MIMP/DGFC, la cual deberá ser formalizada con resolución ministerial, en virtud de lo establecido en el literal c) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30372 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, en tal sentido, a fin de efectivizar el pago de remuneraciones y pensiones, correspondiente al mes de febrero de 2016, de los trabajadores y pensionistas de las treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, resulta pertinente emitir el acto por el que se apruebe la transferencia financiera hasta por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 93/100 SOLES (S/ 479 997,93) a favor de las citadas Sociedades de Beneficencia Pública; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30372 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 26918 Ley de creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo SPR; el Decreto Legislativo Nº 1098 Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, el Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 93/100 SOLES (S/ 479 997,93) a favor de treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, la cual será destinada al pago de remuneraciones y pensiones, correspondiente al mes de febrero de 2016, de los trabajadores y pensionistas de las citadas Sociedades de Beneficencia Pública. Artículo 2.- La Oficina General de Administración deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Las Sociedades de Beneficencia Pública deberán efectuar las rendiciones respectivas de los recursos transferidos, debiendo informar las mismas a la Dirección de Beneficencias Públicas de la Dirección General de la Familia y la Comunidad. Los recursos asignados que no fueren utilizados deberán ser revertidos al Tesoro Público. Artículo 4.- La Dirección General de la Familia y la Comunidad, a través de la Dirección de Beneficencias Públicas, y la Oficina General de Administración, en el marco de sus competencias, serán los responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de los recursos materia de transferencia. Artículo 5.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución se publique en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1345288-1
PRODUCE
Designan representante alterno del Ministerio ante el Grupo de Trabajo Multisectorial Perú APEC 2016"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 66-2016-PRODUCE Lima, 12 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 024-2016PCM, se creó el Grupo de Trabajo Multisectorial "Perú APEC 2016", de naturaleza temporal, en adelante Grupo de Trabajo Multisectorial, adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el Grupo de Trabajo Multisectorial tiene por objeto coordinar y facilitar el desarrollo de los asuntos relacionados con la agenda temática que le corresponde conducir al Perú en su calidad de economía sede del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC); así como de las demás reuniones, actividades preparatorias y eventos conexos a llevarse a cabo entre los años 2015 y 2016; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la referida Resolución Suprema, el Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado entre otros, por el Ministro de la Producción en calidad de representante titular; Que, el artículo 4 de la referida Resolución Suprema establece que los Ministros de Estado designan a sus respectivos representantes alternos mediante resolución ministerial, la misma que debe ser remitida a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial; Que, en tal sentido, se hace necesario expedir la correspondiente resolución ministerial a efectos de designar al representante alterno del Ministro de la Producción ante el citado Grupo de Trabajo Multisectorial; Con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047 y sus modificatorias, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor CARLOS GUSTAVO CARRILLO MORA, Viceministro de MYPE e Industria, como representante alterno del Ministerio de la Producción ante el Grupo de Trabajo Multisectorial "Perú APEC 2016". Artículo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial del Grupo de Trabajo Multisectorial "Perú APEC 2016" para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1344979-1
Crean el "Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Acuícola Puno - CITEacuícola Puno" en el ámbito del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) del Ministerio de la Producción
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 068-2016-PRODUCE Lima, 12 de febrero de 2016