Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2016 (13/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Sábado 13 de febrero de 2016 /

El Peruano

Que, con Carta N° 0-2/315/15, de fecha 10 de diciembre de 2015, el Primer Secretario de la Embajada del Estado de Japón con sede en Lima, cursó a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, la carta de fecha 18 de noviembre de 2015, del Comisionado General de la Agencia de la Policía Nacional del Japón, mediante la cual informó que su institución realizará la "21 Conferencia sobre operaciones para el control de drogas Asia - Pacífico", en la ciudad de Tokio - Estado de Japón, del 16 al 18 de febrero de 2016; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 17-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 16 de enero de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en comisión de servicios, del 15 al 19 de febrero de 2016, a la ciudad de Tokio - Estado de Japón, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Percy Raúl Pizarro Ramón, para que participe en el evento indicado en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios mediante Memorándum Múltiple N° 18-2016-DIRGENPNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 20 de enero de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando además que el mismo irrogará gasto al Estado; Que, las experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, redundarán en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional; debiendo señalarse que los gastos que irrogará dicha participación, por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto y viáticos, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Percy Raúl Pizarro Ramón, del 15 al 19 de febrero de 2016, a la ciudad de Tokyo - Estado de Japón, para los

fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos Pasajes aéreos US$ US$ Importe 500.00 2,911.00 X días Pers. 4 X 1 = X 1 = Total US$ 2,000.00 2,911.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1345287-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rectifican artículo 1 de la R.S. N° 120-98-JUS
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 020-2016-JUS Lima, 12 de febrero de 2016 VISTO: La solicitud presentada por el Notario del distrito de Pucallpa de la provincia de Coronel Portillo, actualmente del distrito notarial de Ucayali EUDOCIO RAÚL SALAZAR MARTINEZ, el informe N° 002-2016-JUS/CN/ST de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado; el Informe Nº 066 - 2016-JUS/OGAJ y Nº 95-2016-JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 120-98JUS, se nombró al señor EULOGIO RAÚL SALAZAR MARTINEZ, como notario del distrito de Pucallpa de la provincia de Coronel Portillo, distrito notarial de Huánuco, Pasco y Ucayali; Que, mediante escrito de fecha 28 de diciembre de 2015, el Notario Eudocio Raúl Salazar Martinez, solicita la rectificación de la Resolución Suprema N° 120-98JUS, debido a que consignó erróneamente su primer nombre como "Eulogio" cuando su verdadero nombre es "Eudocio", según se advierte de la fotocopia legalizada de su Documento Nacional de Identidad - DNI, partida de nacimiento en original asentada el 09 de noviembre de 1952, entre otros documentos que acompañan su solicitud de rectificación, en los cuales consta que el nombre del citado notario es EUDOCIO RAÚL SALAZAR MARTÍNEZ; Que, el numeral 201.1 del artículo 201 de la Ley N.º 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General - señala que los errores material o aritmético en los

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