Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2016 (25/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 122

579004

NORMAS LEGALES

Jueves 25 de febrero de 2016 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYAN
Disponen la campaña "Beneficios Tributarios 2016" en el distrito de Sayán
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2016-MDS/A Sayán, 15 de enero de 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYÁN POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAYÁN VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Técnico Nº 001-2016-MDS/GATyR, presentado por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y el Informe Legal Nº 0011-2016-OAJ/MDS, de fecha 08 de enero de 2016, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en la que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, según la norma IV del Título Preliminar del TUO del Código Tributario ­ D.S. Nº133-2013-EF, que establece que los Gobiernos Locales, mediante

Ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley. Asimismo, el artículo 41º de la misma norma, modificada por Decreto Legislativo Nº 981, señala que la deuda tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley y que ``Excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que adquieren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar el tributo''. Estando a lo expuesto y contando con la aprobación por unanimidad del Concejo Municipal en Pleno, en el cumplimiento de las facultades conferidas por el numeral 8) del Art. 9º y los Artículos 39º, 40º y 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº Nº 27972; se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE DISPONE LA CAMPAÑA ``BENEFICIOS TRIBUTARIOS 2016'' EN EL DISTRITO DE SAYAN Artículo Primero.- OBJETIVO La presente Ordenanza tiene por objeto otorgar beneficios para la regulación de deudas tributarias generadas antes de la vigencia de la presente ordenanza, cualquiera fuera el estado en que se encuentren. Artículo Segundo.- ALCANCE En materia tributaria, podrán acogerse al presente beneficio los contribuyentes propietarios y/o posesionarios de los predios ubicados en todo el distrito de Sayán. 1. Obligaciones tributarias vencidas antes de la vigencia de la presente ordenanza. 2. Convenios de fraccionamiento suscritos con anterioridad aun cuando hubiera recaído sobre ellos Resolución de pérdida de Beneficio.

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