Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2016 (25/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 118

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NORMAS LEGALES

Jueves 25 de febrero de 2016 /

El Peruano

presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto Predial; Que, mediante Ordenanza Nº 463-MDR, se aprobó el beneficio tributario de descuento por pronto pago de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2016, vigente hasta el 31 de enero de 2016; asimismo mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2016-MDR, se procedió a prorrogar el plazo de vencimiento hasta el 29 de febrero de 2016; Que, el artículo cuarto de las Disposiciones Finales de la referida Ordenanza faculta al Alcalde para que dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para su cumplimiento, así como su prórroga en caso existiese necesidad; Que, mediante Ordenanza Nº 451-MDR, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 31.12.2015, se aprobó el Marco del Régimen Tributario de los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Mantenimiento de Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana en el Distrito del Rímac para el ejercicio 2016; asimismo mediante Decreto de Alcaldía Nº 001-2016-MDR, se procedió a prorrogar el plazo de vencimiento del pago de los Arbitrios Municipales del mes de enero hasta el 29 de febrero de 2016; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de esta norma faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias para la aplicación debida de la presente, así como para la prórroga de los plazos en ella establecidos; Que, de acuerdo a lo señalado en el Memorándum del Visto, se considera necesario otorgar un plazo adicional para el pago voluntario y puntual de las obligaciones tributarias correspondiente a la primera cuota del Impuesto Predial 2016, del descuento por pronto pago de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2016 y de los Arbitrios Municipales del mes de enero y febrero del presente ejercicio fiscal; Estando las atribuciones conferidas por el artículo 42º y el numeral 6º del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2016, los plazos para la presentación de la Declaración Jurada y la fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial 2016. Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2016, el vencimiento del plazo dispuesto para el descuento por pronto pago de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2016. Artículo Tercero.- PRORROGAR hasta el 31 de marzo de 2016, el vencimiento del plazo previsto para el pago de los Arbitrios Municipales del mes de enero y febrero del 2016. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Rentas y sus unidades orgánicas que la componen el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, Secretaría General, Gestión Documentaria y Registros Civiles su publicación en el Diario Oficial El Peruano, Subgerencia de Informática el cumplimiento y publicación en la página web de la Municipalidad: www.munirimac.gob.pe y a la Gerencia de Imagen y Comunicación Social su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMÁS DIAZ Alcalde 1349100-1

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Miguel, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS, el memorando Nº 028-2016-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 0202016-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el informe Nº 018-2016-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley Nº 30305, Ley de la Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración interna, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 279-2015/MDSM publicado en el Diario Oficial El Peruano en fecha 18 de febrero de 2015, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Municipalidad Distrital de San Miguel, a través del cual se crean nuevas unidades orgánicas y se modifica la denominación y el nivel jerárquico de otras, a fin de adecuar sus funciones y competencias a la realidad actual, y así optimizar y simplificar el servicio que presta la municipalidad; Que, mediante informe Nº 026-2015-GGASC/MDSM, la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad informó a este despacho que el "Programa Fonoparche" se encuentra inactivo desde el mes de agosto del 2014, realizando los trabajos de mantenimiento de calzadas y aceras la Subgerencias de Mantenimiento como parte de sus funciones, informado periódicamente de la atención a la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Ciudad; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 163-2015CG, se aprobó la Directiva Nº 007-2015-CG/PROCAL, "Directiva de los Órganos de Control Institucional", la cual fue actualizada mediante Resolución de Contraloría Nº 353-2015-CG, en fecha 05.12.2015. Dicha directiva tiene como objetivo el de regular las funciones del Órgano de Control Institucional, la actuación del Jefe y su personal, y las obligaciones de los Titulares de la entidades sujetas al Sistema Nacional de Control. Dicha directiva establece en su numeral 7.1.7, las funciones del OCI en las entidades del gobierno nacional, regional y local, determinando también, en su Séptima Disposición Final, que "Las entidades que cuenten con un OCI deben realizar las modificaciones en sus documentos de gestión institucional conforme a las funciones establecidas en la presente Directiva"; Que, mediante informe Nº 023-2015-SG/MDSM, Secretaria General hace la propuesta sobre la creación de la Oficina de Secretaria Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario, oficina que estará encargada del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Municipalidad Distrital de San Miguel, conforme a lo establecido en el Capítulo I, numeral 5, de la Directiva Nº 001-2015-OST/MDSM que aprueba el Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de los Servidores Civiles de la Municipalidad Distrital de San Miguel, directiva aprobada mediante Resolución de Alcaldía Nº 547-2015-MDSM; Que, mediante Ordenanza Nº 301/MDSM de fecha 26 de noviembre de 2015, se aprobó el Plan Municipal del Libro y la Lectura 2016-2021 de la Municipalidad Distrital de San Miguel, dicha ordenanza establece en su artículo 3º, la creación del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de San Miguel como instancia de consulta, coordinación, concertación, seguimiento y evaluación de la política pública distrital de promoción del libro y de la lectura en el distrito; Que, el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 043-2006PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
Modifican el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Miguel
ORDENANZA Nº 307/MDSM San Miguel, 29 de enero de 2016

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