Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2016 (01/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de julio de 2016 /

El Peruano

Ciudadana y Sub Gerencia de Serenazgo el cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. GUSTAVO ADOLFO VAN HEURCK MASÍAS Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldía 1398512-1

Modifican la Ordenanza 230-MDL, que estableció procedimiento de regularización de edificaciones en el distrito
ORDENANZA Nº 233-MDL Chosica, 27 de mayo de 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO CHOSICA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO ­ CHOSICA, en Sesión de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Nº 003-2016/CDU emitido por la Comisión permanente de Regidores de Desarrollo Urbano del Concejo Municipal del Distrito de Lurigancho ­ Chosica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680 y la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 30305, señala que los órganos de gobierno local son las Municipalidades provinciales y distritales las cuales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, señala que los gobiernos locales son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley, así como planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, la Ordenanza Nº 230-MDL regula el Procedimiento con Fines de Regularización Adecuada a la Ley Nº 29090 para Edificaciones existentes en el Distrito de Lurigancho-Chosica, acorde a lo dispuesto en la Ley Nº 29090 y sus modificatorias, Ley Nº 29300, Ley Nº 29476, Ley Nº 29566 y Ley Nº 29898 cuyo reglamento se encuentra aprobado en el D.S. Nº 008-2013-VIVIENDA, D.S. Nº 014-2015-VIVIENDA y el Decreto Legislativo Nº 1225, con el fin de otorgar la posibilidad de regularizar las construcciones que no fueron tramitas dentro del plazo establecido en las normas citadas;

Que, mediante Informe Nº 131-2016-MLCH/GOPRI de fecha 20 de mayo de 2016, la Gerencia de Obras Privadas refiere que el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas con Oficio Nº 00414-2016/INDECOPI-CEB de fecha 09 de mayo de 2016 ha observado la Ordenanza Nº 230-MDL; señalando dicha Gerencia, que existe error involuntario en consignar cifras en los Cuadros 1 y 3 del artículo segundo, asimismo se consignó por error el numeral a) en el artículo tercero; sugiriendo que es necesaria la modificación de la Ordenanza Nº 230-MDL, en artículos específicos: Artículo Segundo Cuadro 1 "Derechos a pagar (VO=Valor de Obra) y Cuadro 3 "Por Incumplimiento de Parámetros Urbanísticos", así como el Artículo Tercero "De los Beneficios de Edificación". Que, mediante Informe Nº 436-2016-MDLCH/GAJ La Gerencia de Asesoría Jurídica opina porque se apruebe la modificación, de los artículos segundo y tercero de la Ordenanza 230-MDL, correspondiendo elevar al Concejo para su aprobación; Que, el artículo 69º del D.S Nº 008-2013-VIVIENDA, modificado por el D.S Nº 014-2015-VIVIENDA, establece los Requisitos para solicitar Licencia de Regularización de Edificaciones; Que, los derechos de trámites al Procedimiento de Regularización de Licencias de Edificación se establecen conforme lo previsto en la Ley Nº 29090 y sus modificatorias así como el Reglamento aprobado por D.S Nº 008-2013-VIVIENDA, modificado por el D.S Nº 014-2015-VIVIENDA, el TUPA vigente de la Municipalidad de Lurigancho ­ Chosica, Ordenanza Nº 159-MDLCH, ratificado con Acuerdo de Concejo Nº 873 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y modificado para su adecuación por Decreto de Alcaldía Nº 015-2014/MDLCH; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) y 9) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y contando con el voto UNANIME de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS SEGUNDO Y TERCERO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 230-MDL, QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO CON FINES DE REGULARIZACION ADECUADA A LA LEY 29090 PARA EDIFICACIONES EXISTENTES EN EL DISTRITO DE LURIGANCHO ­ CHOSICA Artículo Primero.- Modificar el cuadro 1 y suprimir el cuadro 3 del artículo segundo de la Ordenanza Nº 230MDL; artículo segundo que quedará con el texto siguiente: "Artículo Segundo: MONTO A PAGAR POR DERECHO DE TRAMITE El monto por derecho de trámite, la Licencia de Construcción y la Multa de los procedimientos de Regularización de Edificación comprendido dentro de los alcances de la presente ordenanza de acuerdo al D.S. 008-2013-VIVIENDA modificado por el D.S Nº 014-2015-VIVIENDA, Texto Único de Procedimiento Administrativos (TUPA) vigente, Ordenanza Nº 159-MDLCH publicado el 21 de julio de 2011, ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 873 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y el D.A. Nº 015-2014/MDLCH, según los siguientes cuadros:

Cuadro 1.- MONTO A PAGAR POR DERECHO DE TRAMITE
TIPO DE LICENCIA ORD.159-MDLCH 9.6% A 345.6 21.5% B UIT 3600.00 (2011) 774.00 UIT 3600.00 (2011) 1.955% D.A. 015-2014/MDLCH 15.321% UIT 3800.00 (2014) 74.29 582.20 UIT 3800.00 (2014) 110.618 698.29 17.00% REGULARIZACION 8.50% UIT 3950.00 (2016) 335.75 UIT 3950.00 (2016) 671.50

VERIF. ADMINISTRATIVA VERIF. TECNICA 2.911% 18.376%

VERIF. ADMINISTRATIVA VERIF. TECNICA

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