Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2016 (01/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

591454 GOBIERNOS LOCALES

NORMAS LEGALES

Viernes 1 de julio de 2016 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE ATE
Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 020-2016/MDA Ate, 30 de junio de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Memorándum Nº 669-2016-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42º de la Ley antes glosada, señala que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el 15 de Julio 1984 se realizó la histórica toma de posición de los terrenos de las quebradas de Huaycán, que inicialmente fue reconocida como la "Ciudad de la Esperanza"; en el presente año, se conmemorará el XXXII Aniversario de la Fundación Histórica de la Comunidad Urbana Autogestionaria de Huaycán, fecha propicia para rendir un merecido homenaje a tan magno acontecimiento de ésta pujante, moderna y hermosa localidad de nuestro Distrito; Que, siendo estas fechas de trascendencia Local, constituye una oportunidad inmejorable para reafirmar y fomentar entre los vecinos de la Comunidad Autogestionaria de Huaycán del Distrito de Ate, los sentimientos de identidad nacional y revaloración de principios como el Civismo, Respeto y Amor a la Patria, como medios para lograr la unión y prosperidad; Que, es deber del Gobierno Local en vista de la celebración de estos magnos acontecimientos, incentivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y veneración a los Símbolos de la Patria; Que, es política de la actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, así como nuestra conciencia cívica a través de la celebración de actividades y festividades, siendo uno de estos el embanderamiento, limpieza y pintado de fachadas en todos los inmuebles de la Comunidad Autogestionaria de Huaycán del Distrito de Ate, lo cual redundará además en el mejoramiento del ornato local; Que, mediante Memorándum Nº 669-2016-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) DEL Artículo 20º Y Artículo 42º DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE ATE; tanto en viviendas,

locales comerciales e instituciones públicas y privadas a partir del 01 de Julio hasta el 20 de Agosto del año en curso, como acto cívico al conmemorarse el XXXII Aniversario de la Fundación Histórica de la Comunidad Urbana Autogestionaria de Huaycán, en mérito de los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- ESTABLECER; que todos los predios del Distrito, estén debidamente presentados, recomendándose para este efecto el pintado de sus respectivas fachadas. Artículo 3º.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, dará lugar a las sanciones correspondientes. Artículo 4º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto a la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones, Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones, Gerencia de Fiscalización y Control, Gerencia de Seguridad Ciudadana, y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1398573-1

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 450-MDB, que estableció el Régimen Extraordinario de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2016-MDB Barranco, 28 de junio de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO VISTOS: El Informe Nº 038-2016-GAT-MDB, de fecha 27 de junio de 2016, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; y el Proveído Nº 548-2016-MDBGM, de fecha 28 de junio de 2016, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a la ampliación del Régimen Extraordinario de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito de Barranco. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, señala que: "Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal."; y, el segundo párrafo del Artículo 39º de la norma mencionada, establece que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; Que, mediante la Ordenanza Nº 450-MDB, publicada el 14 de junio de 2016 en el diario oficial El Peruano, se aprobó el Régimen Extraordinario de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito de Barranco, así como establecer incentivos para la regularización voluntaria de la información predial, mediante la presentación de casos de omisos y subvaluadores, que se inscriban o rectifiquen los datos

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