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592561 NORMAS LEGALES Sábado 9 de julio de 2016 El Peruano / MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA Aprueban Estructura Orgánica y el Organigrama de la Municipalidad de Huaura ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2016-MDH Huaura, 26 de febrero del 2016EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA VISTO:En sesión de concejo de fecha 26 de febrero del 2016, referida a la aprobación de la nueva Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad; CONSIDERANDO:Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, los actos de administración son aquellas disposiciones que dicta la Administración regulando su propia organización y funcionamiento y no se dirige hacia los administrados, sino al interior de la corporación. Que, dentro de este marco legal, la Municipalidad requiere contar con una organización administrativa e fi ciente, simpli fi cada y que responda a las reales necesidades de la Comunidad, pese a ello las anteriores modi fi caciones a la estructura orgánica no ha cumplido con sus fi nes, de modo que se debe adecuar dicha estructura orgánica; Que, el artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades solo prevé una estructura orgánica básica de la Municipalidad para diseñar una nueva cultura administrativa acorde a los principios que rigen la actividad administrativa y acorde con las nuevas estrategias de la actual gestión municipal; Que, el Pleno del Concejo de conformidad con lo establecido en el artículo 9 inciso 3) de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y con la aprobación del Acta aprobó por unanimidad, la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL ORGANIGRAMA DE LA MUNICIPALIDAD Artículo Primero.- APROBAR, la nueva Estructura Orgánica y el Organigrama de la Municipalidad de Huaura que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR todas las disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General del Concejo la publicación de la presente Ordenanza conforme lo dispone el artículo 44 inciso 3 de la Ley Nº 27972, así como la difusión a las o fi cinas para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUSTINIANO PEDRO VALENCIA PANTOJA Alcalde 1401479-1 Aprueban beneficio tributario extraordinario de deudas tributarias ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2016-MDH Huaura, 23 de junio de 2016EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAURA VISTO:En Sesión Ordinaria del Pleno del Concejo Municipal Distrital de Huaura, de fecha 23.06.2016, la propuesta de Ordenanza de Bene fi cio Tributario Extraordinario de Condonación de Intereses, moras y multas, así como arbitrios municipales, presentado por la O fi cina de Arbitrios, para el cumplimiento de las metas para el año fi scal 2016; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional – Ley Nº 30305; en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establecen que; Las municipalidades son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la norma IV del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que los gobiernos locales mediante ordenanzas pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; asimismo el artículo 41º de la citada norma legal indica que excepcionalmente, los gobiernos locales, podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. Que, a través del Decreto Supremo Nº 400-2015- EF, se aprobó los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del 2016. Que, de acuerdo a los reportes de la Sub Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, existe una cartera muy grande de obligaciones tributarias por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales por recaudar, lo que hace que se planteen medidas y estrategias de recaudación sobre todo respecto al impuesto predial, en base a la política de la actual Gestión Municipal y para efectos del programa de incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del 2016 como es la meta 32: Incremento de la recaudación predial respecto a lo recaudado al 31 de diciembre de 2015, en un porcentaje señalado en el instructivo, registro completo de información en el aplicativo informático e información sobre el hipervínculo “Tributos Municipales” Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el VOTO UNANIME de los señores regidores asistentes a la sesión y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, se expide la siguiente: ORDENANZA DE BENEFICIO TRIBUTARIO EXTRAORDINARIO DE CONDONACION DE INTERESES, MORAS Y MULTAS, ASI COMO DESCUENTO EN ARBITRIOS MUNICIPALES Artículo Primero.- APROBAR el Bene fi cio tributario extraordinario de deudas tributarias, aplicable a los contribuyentes deudores de la Municipalidad Distrital de Huaura, según el procedimiento establecido en el ANEXO UNICO que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER que la presenta ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y tendrá vigencia hasta el 22 de setiembre del 2016. Artículo Tercero.- PUBLIQUESE la presente norma legal en el Diario O fi cial El Peruano y su Anexo Único en el Portal Institucional www.munihuaura.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.servicioalciudadano.gob.pe conforme a los lineamientos descritos en la ley Nº 29091. Artículo Cuarto.- FACULTESE al señor Alcalde dictar las disposiciones complementarias necesarias mediante Decreto de Alcaldía, para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza Municipal así como la ampliación de su vigencia.