Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2016 (09/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 136

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de julio de 2016 /

El Peruano

Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia; Que, mediante Informe Nº 084-2016/MDV-GRMSGAT, de la Subgerencia de Administración Tributaria de la Gerencia de Rentas Municipales propone flexibilizar los plazos y otorgar facilidades a los contribuyentes para el incentivo de pronto pago, lo que incentivará el cumplimiento voluntario de los contribuyentes antes de adoptar las medidas coercitivas necesarias que franquea la Ley; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, luego del análisis de la normativa municipal y tributaria es viable la prórroga de vigencia de la acotada Ordenanza, toda vez que el objeto es atender los requerimientos de los vecinos del distrito y darles mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones, así como mayores incentivos por el pronto pago de sus tributos, conforme lo indicado en el informe del visto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, así como en la Ordenanza Nº 001-2016/MDV; DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar la fecha de vencimiento de la primera cuota trimestral del año 2016 del Impuesto Predial anual, así como al pago de los Arbitrios Municipales e Impuesto Predial Trimestral, establecidos en el artículo 2º de la Ordenanza Nº 001-2016/MDV, hasta el 19 de marzo 2016. Artículo 2º.- Prorrogar la fecha de vencimiento de los descuentos otorgados por incentivo de pronto pago establecidos en el artículo 3º, numerales: 1.1 literal b), 1.2 literales a) y b), 3.1 literales a) y a), hasta el 19 de marzo de 2016. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Rentas Municipales y Subgerencias dependientes de dicha Unidad Orgánica, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Administración, Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía y todas las demás dependencias de la Municipalidad deberán prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Regístrese, comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1401476-3

CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y posteriormente por la Ley Nº 28607, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; con el que guarda concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 34-2013/ MDV-CDV, de 26 de diciembre de 2013, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla; Que, mediante el Informe Nº 146-2016/MDV-GDUSGCPU, la Subgerencia de Catastro y Planeamiento Urbano, remite la propuesta a la Jefatura de Equipo de Planificación Local de eliminar el Ítem 8.09; Certificado Domiciliario, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); Que, mediante el Informe Nº 036-2016/MDV-GPLPEPL, la Jefatura de Equipo de Planificación Local, opina que es viable que el procedimiento antes mencionado sea eliminado del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), debido que la Ley Nº 28862 - Ley que Elimina la Atribución de la Policía Nacional del Perú a expedir Certificados Domiciliarios en la cual se facultad a las Municipalidades, a otorgar certificaciones domiciliarias fuera derogada mediante Ley Nº 30338; Que, la mencionada propuesta realizada por la Subgerencia de Catastro y Planeamiento Urbano, se enmarca en lo dispuesto en la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la Ley Nº 30338 ­ Ley que modifica diversas leyes sobre el registro de la dirección domiciliaria, la certificación domiciliaria y el cierre del padrón electoral, donde se establecen que se deroguen las Leyes Nº 27839 y Nº 28862; Que, el artículo 38.5 de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General establece que "Una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo; Que, estando a lo expuesto y en uso de sus facultades conferidas en Artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- Eliminar el Procedimiento de emisión del Certificado Domiciliario por parte de la Municipalidad Distrital de Ventanilla el cual se encontraba normado en el Ítem 8.09, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Panificación Local y Presupuesto, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, y comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1401476-4

Eliminan Procedimiento de emisión del Certificado Domiciliario por parte de la Municipalidad, el cual se encontraba normado en el TUPA
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 4-2016/MDV-ALC Ventanilla, 15 de abril de 2016 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El Informe Nº 036-2016/MDV-GPLP-EPL, de la Jefatura de Equipo de Planificación Local, el Memorándum Nº 102-2016/MDV-GPLP, de la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, y;

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 0072016/MDV-CDV
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 5-2016/MDV-ALC Ventanilla, 2 de mayo de 2016 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA

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