Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2016 (09/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 132

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de julio de 2016 /

El Peruano

Artículo Sexto.- BENEFICIOS ADICIONALES.- Los contribuyentes que mantengan deudas en cobranza coactiva, que se acojan a la presente Ordenanza gozarán del descuento adicional del 100% de las costas y gastos administrativos incurridos durante su cobranza, salvo los gastos y costos efectuados por concepto de peritaje y publicaciones en los diarios. Artículo Sétimo.- REQUISITOS PARA ACOGERSE A LA PRESENTE ORDENANZA.- Los contribuyentes que deseen acogerse a la presente Ordenanza, deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1. En caso que el contribuyente haya presentado recurso impugnativo, respecto a la deuda materia de acogimiento, en la vía administrativa o judicial, este deberá presentar el cargo del desistimiento correspondiente. Sin perjuicio de lo antes señalado, con la cancelación de los montos adeudados, la administración tributaria considerará el desistimiento automático de los recursos impugnativos antes señalados por la sustracción de la materia. 2. El pago de las Costas y Gastos incurridos por concepto de peritaje y/o publicaciones en los diarios dentro del procedimiento de cobranza coactiva. 3. En el caso de fraccionamiento de deudas tributarias dentro de la vigencia de la presente ordenanza, el pago de la cuota inicial no podrá ser menor al 30% de la deuda a fraccionar. DISPOSICIONES FINALES Primera.- DE LOS PAGOS REALIZADOS.- Los pagos realizados por los contribuyentes con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza son válidos, por lo que no son materia de devolución ni compensación. Segunda.- SORTEO CSC 2016 participarán con Una (1) opción dentro del SORTEO CSC 2016 del "Programa de Reconocimiento al Ciudadano Surquillano Cumplido ­ CSC" aprobado por la Ordenanza Nº 298-MDS, aquellos contribuyentes que, no contando con la condición de "Ciudadano Surquillano Cumplido ­CSC" para el ejercicio 2016, excepcionalmente dentro de la vigencia de la presente ordenanza, cumplan con cancelar la totalidad de sus deudas tributarias por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, incluido la deuda vencida correspondiente al ejercicio 2016, hasta el 15 de julio del 2016. Tercera.- BENEFICIO DE DESCUENTOS EN DEUDAS POR MULTAS ADMINISTRATIVAS.- La presente ordenanza faculta a aquellos contribuyentes o administrados infractores que deseen cancelar las Multas Administrativas que mantienen como pendiente de pago, con beneficios de descuentos de la forma siguiente: 1) Descuento del 85% en las Multas Administrativas que se encuentren como pendiente de pago a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza y cuya Línea de Acción sea distinta a Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano. 2) Descuento del 75% de las Multas Administrativas que se encuentren como pendiente de pago a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza y cuya Línea de Acción sea de Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, incluyendo las Multas Administrativas cuya línea de acción sea de Defensa Civil. 3) Descuento del 50% en el caso de las Multas Administrativas cuyos infractores sean reincidentes en cuanto a la sanción, y que se encuentren como pendiente de pago a la entrada en vigencia de la presente ordenanza. Cuarta.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como la prórroga de la misma. Quinta.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas, Gerencia de Estadística e Informática, Gerencia de Administración y Finanzas y

Subgerencia de Imagen Institucional el cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZALES Alcalde 1401938-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO
Aprueban la actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Carmen de la Legua Reynoso
ORDENANZA Nº 015-2016-MDCLR Carmen de la Legua Reynoso, 2 de mayo del 2016 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 10 celebrada en la fecha el Proveído Nº 1068-2016 de la Gerencia Municipal de fecha 27-04-2016, quien remite a Secretaría General el Informe Nº 110-2016-GAJ/MDCLR de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informes Nº 043 y 044-2016-GDA-MDCLR, de la Gerencia de Desarrollo Ambiental, y el Proyecto de Ordenanza que aprueba el PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS del distrito de Carmen de la Legua Reynoso. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, los numerales 3.1) y 3.2) del Artículo 80 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala como funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, proveer el servicio de limpieza pública; asimismo regular y controlar el aseo, higiene y salubridad den los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares públicos locales: Que, mediante el Nº 27314, se aprobó la Ley General de Residuos Sólidos y su modificatoria al Decreto Legislativo Nº 1065, el mismo que en su Artículo 10 preceptúa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son responsables de la gestión de residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generan residuos similares a éstos, en todo el ámbito de si jurisdicción, asegurando una adecuada prestación del servicio de limpieza pública, recolección y transporte de residuos en su producción, debiendo garantizar la adecuada disposición final de los mismos; Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado mediante D.S. 057-2004-PCM, precisa en el Artículo 23 que las municipalidades distritales formulan sus Planes de Manejo de Residuos Sólidos, con participación de la ciudadanía, en coordinación con el Gobierno Regional, Autoridades de Salud Ambiental y demás autoridades competentes previstas en la Ley; Que, mediante el Informes Nº 043 y 044-2016-GDA/ MDCLR, la Gerencia de Desarrollo Ambiental, formula y presenta la Actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito de Carmen de la Legua Reynoso; Que, la actualización del Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) para el Distrito de Carmen de la Legua

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