Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2016 (11/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Lunes 11 de julio de 2016 /

El Peruano

canales disponibles en una misma banda y localidad, es menor al número de solicitudes admitidas; Que, asimismo, el artículo 42 del acotado Reglamento señala que los Concursos Públicos para el otorgamiento de autorizaciones del servicio de radiodifusión se realizan bajo la conducción de un Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas conformado por cinco (5) miembros, el mismo que se encargará de la preparación de las Bases y conducción del Concurso hasta que la Buena Pro quede consentida o firme administrativamente, siendo designado por Resolución Viceministerial; Que, en tal sentido, mediante Resolución Viceministerial N° 353-2016-MTC/03 del 01 de marzo de 2016, modificada con Resolución Viceministerial Nº 704-2016-MTC/03 del 05 de mayo de 2016, se designó al Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas, que tendrá a su cargo la preparación de las Bases y la conducción de los Concursos Públicos para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión que se convoquen en el año 2016; Que, a través del Informe N° 330-2016-MTC/03.AS del Despacho Viceministerial de Comunicaciones, se señala que, el señor Julio Armando Martínez Ocaña, Miembro Titular del mencionado Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas, presentó su renuncia a dicha designación debido a que ha dejado de prestar sus servicios para el Ministerio; por lo que, resulta necesario modificar la conformación del citado Comité, designando en su reemplazo a la abogada Annabelee Colette Villarreal Salvador, profesional de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; De conformidad con la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 353-2016-MTC/03, modificada por Resolución Viceministerial N° 704-2016-MTC/03, que designó al Comité de Recepción y Evaluación de Propuestas, que tendrá a su cargo la preparación de las Bases y la conducción de los Concursos Públicos para el otorgamiento de autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión que se convoquen en el año 2016, designándose como Miembro Titular a la abogada Annabelee Colette Villarreal Salvador, profesional de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, en reemplazo del señor Julio Armando Martínez Ocaña. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, al nuevo miembro titular del Comité designado en la presente resolución, y a los demás miembros titulares y suplentes del citado Comité. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1402248-1

CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modificado por los Decretos Supremos N°s 005-2004-MTC, 014-2004MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037-2006-MTC y 0062008-MTC, establece en el artículo 29º el marco normativo que regula las conversiones de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de combustibles líquidos con la finalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustión a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de que ésta se realice con las máximas garantías de seguridad, por talleres debidamente calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilización sin control; Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo mediante artículo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC que regula el "Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV", estableciendo en el numeral 5.2 el procedimiento y requisitos que deben reunir las personas jurídicas para ser autorizadas como Entidades Certificadoras de Conversión a GNV, ante la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Hoja de Ruta N° E-088746-2016 de fecha 31 de marzo de 2016, la empresa ORGANIZACION TECNICA AUTOMOTRIZ DEL NORTE S.A.C. - OTANOR S.A.C., en adelante La Empresa, solicita autorización, para funcionar como Entidad Certificadora de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV, con la finalidad de inspeccionar físicamente los vehículos convertidos a GNV o los vehículos originalmente diseñados para combustión a GNV (vehículo dedicado, bicombustible o dual), certificar e instalar el chip u otro dispositivo que el Consejo Supervisor disponga al mismo, suministrar la información requerida al Sistema de Control de Carga de GNV e inspeccionar anualmente a los vehículos con sistema de combustión a GNV, así como realizar la certificación inicial y anual de los Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV autorizados por la Dirección General de Transporte Terrestre; Que, mediante Oficio N° 2176-2016-MTC/15.03, notificado el 21 de abril de 2016, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante Hoja de Ruta N° E-125187-2016 de fecha 05 de mayo de 2016, La Empresa presentó diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones señaladas en el oficio indicado; Que, de acuerdo al Informe Nº 0571-2016-MTC/15.03., elaborado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada, cumple con lo establecido en el numeral 5.2 de la Directiva N° 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral N° 3990-2005-MTC/15 y sus modificatorias, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa ORGANIZACION TECNICA AUTOMOTRIZ DEL NORTE S.A.C. - OTANOR S.A.C., para operar como Entidad Certificadora de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV; Que, de conformidad con la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo N° 058-2003-MTC y sus modificatorias que aprueba el Reglamento Nacional de Vehículos, y La Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones a Gas Natural Vehicular - GNV y de los Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV", aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo mediante el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC;

Autorizan a Organización Técnica Automotriz del Norte S.A.C. para operar como Entidad Certificadora de Conversión a Gas Natural Vehicular - GNV
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 2537-2016-MTC/15 Lima, 26 de mayo de 2016 VISTAS: Las Hojas de Ruta Nºs E-088746-2016 y E-1251872016, presentadas por la empresa ORGANIZACION TECNICA AUTOMOTRIZ DEL NORTE S.A.C. - OTANOR S.A.C., mediante las cuales solicita autorización para funcionar como Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Natural Vehicular ­ GNV, y;

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