Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2016 (25/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Lunes 25 de julio de 2016 /

El Peruano

Que, a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general, resulta conveniente publicar el proyecto de Norma Sanitaria para Restaurantes y Servicios Afines, en el portal institucional del Ministerio de Salud; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria; Que, mediante Informe N° 800-2016-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud ha emitido su opinión correspondiente; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2016-SA; SE RESUELVE: Articulo 1.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones efectúe la publicación del proyecto de Norma Sanitaria para Restaurantes y Servicios Afines, en la dirección electrónica de documentos en consulta: http:// www.minsa.gob.pe/index.asp?op=10, a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días calendario y, a través del correo webmaster@minsa.gob.pe. Articulo 2.- Encargar a la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, así como la elaboración del proyecto final. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1408400-1

servicios de salud, en el marco de la Política Nacional de Salud con la finalidad de contribuir a mejorar la oferta de servicios de salud a la población y la calidad de la formación de segunda especialidad; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la norma antes señalada, establece que el Reglamento Interno del Comité Nacional del Residentado Químico Farmacéutico deberá ser aprobado por Resolución Ministerial del Sector Salud; Que, en atención a ello, mediante el documento del visto, el citado Comité Nacional ha solicitado la aprobación de su Reglamento Interno; Que, en tal sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fin de garantizar el normal desarrollo del Comité Nacional del Residentado Químico Farmacéutico; Que, mediante Informe N° 660-2016-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud emitió opinión legal; Estando a lo opinado por la Dirección General de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos en Salud; Con el visado del Director General de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos en Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-SA y el Reglamento del Residentado Químico Farmacéutico aprobado por Decreto Supremo N° 0372014-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Interno del Comité Nacional del Residentado Químico Farmacéutico­ CONAREQF, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/index.asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1408400-2

Aprueban el Reglamento Interno del Comité Nacional del Residentado Químico Farmacéutico - CONAREQF
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 517-2016/MINSA Lima, 21 de julio de 2016 Visto el Expediente Nº 15-113725-003, que contiene el Informe N° 51-2016-DDRH-DGGDRH/MINSA, de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos en Salud y el Oficio Nº 08-2015-CONAREQF del Comité Nacional del Residentado Químico Farmacéutico; CONSIDERANDO: Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el Residentado Químico Farmacéutico tiene por finalidad regular la especialización de profesionales químicos farmacéuticos en el campo de la Farmacia y Bioquímica; Que, el artículo 16 del Reglamento del Residentado Químico Farmacéutico, aprobado por Decreto Supremo N° 037-2014-SA, establece que el Comité Nacional del Residentado Químico Farmacéutico tiene como objeto articular a las universidades que desarrollan la Segunda Especialidad para los profesionales químicos farmacéuticos y a las instituciones prestadoras de

Aprueban Norma Técnica de Salud para la Atención del Parto Vertical en el Marco de los Derechos Humanos con Pertinencia Intercultural
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 518-2016/MINSA Lima, 21 de julio de 2016 Visto el Expediente Nº 15-050911-001, que contiene el Memorándum Nº 216-2016-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; CONSIDERANDO: Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de

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