Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2016 (03/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Viernes 3 de junio de 2016 /

El Peruano

para el día domingo 05 de junio de 2016, estimándose que dicha fecha estaría dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la proclamación de los cómputos oficiales; Que, en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo antes mencionado, a través del Decreto Supremo Nº 053-2016-EF, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CUARENTA Y UN MILLONES OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 41 089 860,00), a favor del pliego 026 Ministerio de Defensa; para financiar la participación de las Fuerzas Armadas en el proceso de Elecciones Generales 2016 (Primera y Segunda Vuelta); Que, mediante los Oficios Nºs 372-2016-MINDEF/ DM y 303-2016-MINDEF/VRD/DGPP/01, el Ministerio de Defensa solicita recursos adicionales por la suma de TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 3 895 174,00), para financiar el costo diferencial por la participación de las Fuerzas Armadas en el proceso de Elecciones Generales 2016 (Segunda Vuelta) para el día domingo 05 de junio del presente año, destinados a las operaciones aéreas en los diferentes comandos operacionales y comandos especiales a cargo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, especialmente en el área que comprende la Jurisdicción del Comando Especial VRAEM y disminuir el riesgo de atentados terroristas como los acontecidos el pasado 09 de abril, previo a la Primera Vuelta Electoral, recursos que no han sido previstos en el presupuesto institucional aprobado del presente año fiscal del pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, asimismo, mediante Decretos Supremos Nºs 045 y 142-2016-EF se autorizaron transferencias de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, por VEINTINUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SESENTA Y 00/100 SOLES (S/ 29 234 060,00) y VEINTE MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 20 000 000,00), respectivamente; a favor del pliego 032 Oficina Nacional de Procesos Electorales orientadas a fortalecer la participación ciudadana en los procesos electorales, brindando la instalación de mesas de sufragio en aquellos lugares de difícil acceso y que la población no tenga que trasladarse a grandes distancias; así como la atención de los costos diferenciales que originen las actividades electorales; Que, mediante Oficio Nº 000190-2016-J/ONPE la Oficina Nacional de Procesos Electorales solicita recursos adicionales, entre otros, para que en el marco del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 080-2015-PCM, se atiendan los costos diferenciales que originen las actividades que demanden atender la Segunda Vuelta Electoral del Proceso de las Elecciones Generales 2016 en la zona del VRAEM, los mismos que no estuvieron considerados en su presupuesto institucional para el año 2016; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma total de CINCO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 5 673 224,00) a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Oficina Nacional de Procesos Electorales, para financiar el costo diferencial por la participación de las Fuerzas Armadas en el proceso de Elecciones Generales 2016 (Segunda Vuelta) para el día domingo 05 de junio del presente año; así como acciones concretas en la zona del VRAEM, teniendo en cuenta que los citados recursos

no han sido previstos en los presupuestos institucionales del presente año fiscal de los pliegos mencionados; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de CINCO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 5 673 224,00), a favor de los pliegos 026 Ministerio de Defensa y 032 Oficina Nacional de Procesos Electorales, destinados a financiar los fines descritos en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público 1 : Recursos Ordinarios 5 673 224,00 -----------------5 673 224,00 ========== En Soles : Gobierno Central 026 : Ministerio de Defensa 1 : Recursos Ordinarios 3 895 174,00 -----------------3 895 174,00 ------------------

FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia

TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios PLIEGO 026 PLIEGO FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios PLIEGO 032 TOTAL EGRESOS

032 : Oficina Nacional de Procesos Electorales 1 : Recursos Ordinarios 1 778 050,00 -----------------1 778 050,00 -----------------5 673 224,00 ==========

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados a que se refiere el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

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