Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2016 (03/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Viernes 3 de junio de 2016 /

El Peruano

de carácter nacional denominado "Fortalecimiento del Estado Constitucional de Derecho y del Acceso a la Justicia: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos". Regístrese, comuníquese y publíquese. ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1387904-3

Dan por concluida designación de Jefe de la Oficina de Infraestructura y Soporte Tecnológico de la Oficina General de Tecnologías de Información del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0136-2016-JUS Lima, 2 de junio de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0311-2015JUS, se designó al ingeniero Erik Wilber García Velásquez, en el cargo de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, Jefe la Oficina de Infraestructura y Soporte Tecnológico de la Oficina General de Tecnologías de Información del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, por convenir al servicio resulta necesario dar por concluida la designación señalada en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la designación del señor Erik Wilber García Velásquez, en el cargo de Director de Sistema Administrativo II, Nivel F-3, Jefe la Oficina de Infraestructura y Soporte Tecnológico de la Oficina General de Tecnologías de Información del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1387900-1

SALUD
Declaran la Alerta Verde en los establecimientos de salud de las Direcciones Regionales de Salud de Tacna y Moquegua
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 364-2016/MINSA Lima, 1 de junio del 2016 Visto, el Expediente Nº 16-048418-001, que contiene el Informe Técnico Nº 05-2016-JAPH-COE-DIGERD/MINSA, de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 517-2004/ MINSA se aprobó la Directiva Nº 036-2004/MINSA-V.01,

"Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres", cuyo objeto es establecer los lineamientos y procedimientos para la aplicación de la Declaratoria de Alertas ante emergencias y desastres a nivel nacional; Que, la precitada Directiva establece que la Alerta Verde es la situación de expectativa ante la posible ocurrencia de un evento adverso o destructivo, lo cual determina que las dependencias de salud efectúen las acciones preparativas; Que, mediante Resolución Ministerial N° 058-2016/ MINSA, de fecha 1 de febrero de 2016, se declaró alerta verde en los establecimientos de salud en Lima Metropolitana, así como en las Direcciones Regionales de Salud de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Ucayali, San Martín, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Ancash, Puno, Pasco, Cusco, Huánuco, Junín, Ica, Callao y Lima, a partir de su publicación y hasta que el Ministerio de Salud declare concluida la referida alerta, previo pronunciamiento de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, que tal situación ha dejado de ser una amenaza para la población de las referidas jurisdicciones, debido a la presencia de determinantes para la transmisión del virus Zika en el país, dado que existe una gran dispersión aédica, índices aédicos de elevado riesgo y elevada migración de los países vecinos, especialmente de Brasil, Colombia y Venezuela hacia el Perú y viceversa; Que, con Resolución Ministerial N° 320-2016/MINSA, de fecha 9 de mayo de 2016, se declaró alerta amarilla en los establecimientos de salud de las Direcciones Regionales de Salud de Amazonas, Apurímac, Huancavelica, Pasco, Ayacucho, Cusco, Ancash, Loreto, San Martin, Junín, Madre de Dios, Huánuco, Puno, Lambayeque, Piura, Arequipa y Ucayali, por bajas temperaturas y friaje, a partir de su publicación y hasta que el Ministerio de Salud, declare concluida la referida alerta, previo pronunciamiento de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, que tal situación ha dejado de ser una amenaza para la población de las jurisdicciones correspondientes; Que, el artículo 92 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-SA, establece que la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, es el órgano encargado del planeamiento estratégico para desarrollar en el sector salud los componentes procesos y subprocesos de la Política Nacional de la Gestión del Riesgo de Desastres y conducir su implementación a nivel sectorial; Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud ha informado que la realización de la segunda vuelta electoral para elegir al Presidente de la República a efectuarse el 5 de junio de 2016 generará, entre otros el desplazamiento a gran escala de ciudadanos a diferentes destinos del país, la congregación masiva de personas hacia los diferentes centros de votación, el incremento de la ingesta de alimentos expedidos en forma comercial y a gran escala, la aglomeración de productos altamente inflamables, lo que podría desencadenar la ocurrencia de eventos adversos de origen antrópico masivos, que requieren la adopción de medidas necesarias a fin de dar respuesta oportuna ante la probable ocurrencia de los mismos; Que, en ese sentido, la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud ha propuesto a la Alta Dirección del Ministerio de Salud, la declaratoria de alerta verde en los establecimientos de salud de las Direcciones Regionales de Salud de Tacna y Moquegua, a partir de las 08:00 horas del día viernes 3 de junio hasta las 08:00 horas del día lunes 6 de junio del 2016, por cuanto los establecimientos de salud de las referidas Direcciones Regionales de Salud no se encuentran comprendidos en las alertas verde y amarilla declaradas mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 058-2016/MINSA y 320-2016/MINSA; Que, en ese sentido, es necesario implementar medidas orientadas a reducir el riesgo de ocurrencia de eventos adversos de origen antrópico y por tanto el impacto sanitario, económico y social en la población, requiriéndose adecuar la capacidad de respuesta del Sector Salud, a fin de poder atender de forma oportuna y adecuada dichas situaciones;

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